Este artículo se publicó hace 11 años.
El Constitucional suspende la declaración de soberanía del Parlament
El auto admite a trámite la impugnación del Gobierno. La paralización durará cinco meses hasta que el tribunal se manifieste a favor o en contra
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la impugnación del Gobierno contra la declaración de soberanía del Parlament de Catalunya declarando a la comunidad "sujeto jurídico y político soberano". Esto implica su suspensión provisional y supone un gesto importante ya que es la primera vez que esta Corte contradice la decisión de una Cámara autonómica.
La resolución produce la suspensión de esta declaración durante al menos cinco meses al aplicarse el artículo 161.2 de la Constitución, que fue invocado por el Gobierno a la hora de presentar su recurso el pasado 8 de marzo. Según el mencionado artículo, el Gobierno puede impugnar ante el TC decisiones de comunidades autónomas, lo que se traduce en su suspensión durante cinco meses, transcurridos los cuales el tribunal de garantías debe resolver si prorroga la medida cautelar mientras sigue estudiando el fondo o bien la levanta.
En la providencia del Constitucional, que tiene fecha de ayer, se da traslado de la demanda y documentos presentados al Parlament de Catalunya, por conducto de su Presidencia, al objeto de que en el plazo de veinte días "aporte cuantos documentos y alegaciones considere convenientes". Según los Servicios Jurídicos del Estado, la declaración es "un desafío abierto contra la Constitución y especialmente contra una de sus cláusulas capitales, la del artículo 1.2", y que sólo una declaración soberana del pueblo español puede reconocer de manera constitucionalmente válida la soberanía del pueblo de Catalunya.
Según los Servicios Jurídicos del Estado, la declaración es "un desafío abierto contra la Constitución
A principios del pasado mes de abril, el Tribunal Constitucional solicitó al Parlament que aclarara si la segunda declaración soberanista que aprobó en marzo, en la que se acordó abrir un diálogo con el Gobierno y fue más mayoritaria, sustituía a una primera en la que se declaró a Catalunya sujeto soberano. Las cortes de Catalunya contestaron al tribunal de garantías que ambos acuerdos son válidos. Ahora la presidenta del Parlamento catalán, Núria de Gispert, podrá presentar sus alegaciones ante el tribunal que interpreta la correcta adaptación de las leyes a la Constitución española.
Fue el 23 de enero pasado cuando el Parlament dictó una primera declaración soberanista que no contó con el apoyo del PSC y sí recabó el aval de CiU, ERC e ICV. En esta primera declaración, el Parlament defendía que Catalunya es "sujeto jurídico y político soberano". Posteriormente, el pasado 13 de marzo el Parlamento catalán aprobó por una amplia mayoría, más de dos tercios de la Cámara (104 votos), una resolución en la que se instó al Govern de la Generalitat a "iniciar un diálogo" con el Gobierno del Estado para celebrar una consulta de autodeterminación en Catalunya. Esta iniciativa fue votada a favor por CiU, ERC, ICV-EUiA y PSC.
Las declaraciones del Parlament suponen, hasta la fecha, el punto más elevado del debate sobre la independencia catalana que ha alcanzado una intensidad inusitada tras 30 años de autonomía. El presidente catalán, Artur Mas, habló inicialmente de hacer la consulta en 2014 - coincidiendo con el tercer centenario de una fecha simbólica para los catalanes - pero posteriormente ha ido matizando su determinación.
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