Este artículo se publicó hace 12 años.
Archivada la causa contra el director de Sitges por "A Serbian Film"
Una juez de Barcelona ha archivado la causa abierta por un presunto delito de pornografía infantil contra el director del Festival de Cine Fantástico de Sitges, Ángel Sala, por la exhibición de la película "A Serbian Film", que incluye crudas imágenes de sexo y violencia con menores.
En el auto, la titular del Juzgado número 8 de Vilanova i la Geltrú (Barcelona), Marga Fe Subirats, considera que el filme "no es una película pornográfica, por cuanto las imágenes, antes de poseer una finalidad de provocación sexual, tienden a todo lo contrario", y especifica que "se trata más de una película de género 'gore'".
La resolución añade que las escenas de la película, "como bien indica el propio letrado del imputado, pueden calificarse de execrables, masoquistas y de una violencia extrema, pero en modo alguno persiguen o tienden a la excitación sexual, (por lo menos para personas sexualmente cabales)".
También tiene en cuenta la juez que el imputado no tenía voluntad de cometer un delito y que la película "ha sido objeto de varios premios (de dudoso merecimiento en opinión de esta instructora)".
En este sentido, tiene en cuenta que la película fue proyectada en diversos festivales europeos, entre ellos el de Cannes, y estadounidenses, "lo que motivó que por parte del Festival de Sitges, quizás no se adoptaron las correspondientes precauciones ni se visualizó íntegramente la cinta antes de su proyección".
En atención a estos argumentos, la juez acuerda el archivo de las diligencias "por cuanto los hechos investigados no son constitutivos de infracción penal".
Tras la proyección de la película durante el 42 Festival de Cine Fantástico de Sitges, en octubre de 2010, la Fiscalía presentó una denuncia contra Sala a raíz de una demanda presentada por la Federación de Asociaciones para el Maltrato Infantil, a la que después se unió la Confederación Católica Nacional de Padres y Familia y de Alumnos (Concapa).
En mayo del pasado año, la defensa del director pidió el archivo de la causa tras presentar el "making off" de la película para demostrar que las imágenes de menores que aparecen en las escenas de sexo del filme fueron realizadas con fragmentos de muñecos, no con niños reales, y que el recién nacido que en la película es penetrado por un adulto no era más que un muñeco de plástico.
Pese a ello, la Fiscalía se mostró en contra del sobreseimiento de la causa al estimar que la exhibición de la película encaja en un delito del artículo 189.7 del Código Penal, que entiende por pornografía infantil aquel material en el que, aunque no se haya utilizado directamente a menores, se emplee su voz o imagen alterada o modificada.
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