MADRID
Actualizado:"En España se está atacando la libertad de expresión". "El espacio para expresar la discrepancia en España se reduce con rapidez". "Las autoridades vienen utilizando el artículo 578 (enaltecimiento del terrorismo) para reprimir las expresiones de índole política, sobre todo en redes sociales, y a la comunidad artística del país". "El resultado es una autocensura cada vez mayor y, en general, un efecto inhibitorio en la libertad de expresión en España".
Estas son cuatro de las contundentes oraciones que Amnistía Internacional utiliza para denunciar "el estrechamiento" de la libertad de expresión en España y el uso que las autoridades están realizando del delito de enaltecimiento del terrorismo (artículo 578) para limitar la critica. El resultado es un contundente informe, que lleva por título Tuitea... si te atreves, y que concluye con las peticiones al Gobierno de derogar el delito de enaltecimiento y la garantía de que no se va a detener, investigar, procesar ni encarcelar a ninguna persona en aplicación de este artículo.
"El espacio para expresar la discrepancia en España se reduce con rapidez", denuncia la ONG
"El Gobierno somete a hostigamiento toda una serie de expresiones en Internet —desde letras de canciones políticamente controvertidas hasta simples chistes— utilizando las categorías generales de 'enaltecimiento del terrorismo' y humillación a las víctimas de los delitos terroristas' previstas en las leyes antiterroristas de imprecisa redacción", denuncia el texto, que apunta que el mensaje que las autoridades mandan a la sociedad con el crecimiento de juicios y condenas por enaltecimiento es que "no se van a tolerar ciertas formas de discrepancia".
Amnistía Internacional, no obstante, enmarca la reducción de la libertad de expresión en España en un proceso más amplio de retroceso de las libertades en el Estado que coincide con la llegada del Partido Popular al poder en 2011 y el inicio del ciclo de protestas que protagonizó el 15M. Así, la ONG denuncia los retrocesos en derechos y libertades que supuso la aprobación de la Ley mordaza y que prosiguió con la reforma del Código Penal del año 2015.
El 578 y el poder de "criminalizar"
Amnistía Internacional explica que el artículo 578 del Código Penal es demasiado "general" e "impreciso" en su redacción, por lo que otorga al Estado "el poder de criminalizar un gran abanico de expresiones que no alcanzan el grado necesario para constituir una incitación". En este sentido, Amnistia Internacional defiende que muchos de los procesamientos recientes por este delito en España ni siquiera cumplen con "el requisito establecido en el derecho internacional de los derechos humanos de que las restricciones a la libertad de expresión han de ser estrictamente necesarias y proporcionales para un fin legítimo, en este caso la seguridad nacional".
"No parece que estos grupos [ETA y GRAPO] representen una amenaza inminente para la seguridad nacional", señala la ONG, que recomienda el uso del artículo 579 del Código Penal, que regula el delito de "incitación terrorista", ya que es mucho más concreto y preciso sobre la conducta a perseguir, esto es, "incitar o animar deliberadamente a otras personas a cometer un delito reconocible".
Prisión para unos y silencio para el resto
Los resultados de la aplicación extensiva del delito de enaltecimiento del terrorismo ha sido un aumento exponencial tanto del número de condenados como de procesados desde que la organización terrorista ETA dejara las armas en 2011. Cantantes como César Strawberry, líder de Def con Dos; raperos como el colectivo La Insurgencia; Hasel y Valtonyc; o periodistas como Boro han sido condenados a prisión por tuitear o cantar.
"Lo que buscan es que la gente se lo piense dos veces antes de expresar su opinión en internet, sobre todo las personas más críticas", dice Arkaitz Terrón
Pero no son las únicas víctimas. Otros, como los tuiteros Cassandra Vera o Arkaitz Terrón que finalmente han sido absueltos, se han visto envueltos en largos procesos judiciales sentándose en los mismos banquillos donde otrora se juzgaba a terroristas. Es lo que se conoce como la pena de banquillo.
Pero hay más víctimas. Arkaitz Terrón señala, por ejemplo, que la principal víctima es la libertad de expresión e ideológica de toda la sociedad: "En mi caso, no consiguieron nada. Pero su objetivo no son las personas procesadas. Lo que buscan es que la gente se lo piense dos veces antes de expresar su opinión en internet, sobre todo las personas más críticas".
Así lo considera también J.C.V., que fue condenado a un año de prisión y a siete de inhabilitación por este delito: "No creo que el objetivo sea actuar contra personas a título individual, sino crear un clima de autocensura en la población. Conmigo lo han conseguido. Ya empecé a tener más cuidado en Twitter después de la condena de César Strawberry. Desde mi detención soy extracuidadoso", señala.
Las cinco recomendaciones de Amnistía
El informe de Amnistía Internacional concluye con las siguientes cinco recomendaciones:
- Derogar el artículo 578 del Código Penal y garantizar que ninguna de sus disposiciones viola las obligaciones contraídas por España en virtud de las leyes y normas internacionales de derechos humanos.
- Garantizar que ninguna disposición del Código Penal penaliza expresiones que no representan apología del odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia.
- Garantizar que no se detiene, investiga, procesa ni encarcela a ninguna persona en aplicación del artículo 578.
- Garantizar que se retiran los cargos formulados en aplicación del artículo 578 contra cualquier persona sólo por el ejercicio pacífico de su derecho a la libertad de expresión, y la libertad inmediata e incondicional de todas las personas encarceladas o detenidas en virtud de dicho artículo sólo por el ejercicio pacífico de su derecho a la libertad de expresión.
- Adoptar leyes y procedimientos efectivos (incluida la asistencia letrada gratuita) para que las víctimas del terrorismo puedan interponer demandas civiles contra los autores de los atentados, sus bienes, sus organizaciones u otras entidades que hayan contribuido a la comisión de los delitos en cuestión.
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