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MIGUEL BLESA La muerte de Blesa pone a salvo su botín

El fallecimiento extingue cualquier responsabilidad criminal y las eventuales obligaciones económicas subsidiarias del banquero, que nunca llegó a ser condenado en firme.

La muerte de Blesa pone sobre la mesa el debate sobre la prisión preventiva en los delitos de cuello blanco /EFE

Miguel Blesa nunca pasó de sospechoso. Formalmente, uno de los iconos del saqueo de las cajas de ahorro no llegó a ser declarado delincuente en vida, y eso ha hecho que su muerte por un disparo en el pecho en una finca de Sevilla extinga cualquiera de sus eventuales responsabilidades criminales y, en consecuencia, también las obligaciones económicas que pudieran haberse derivado de esas condenas en firme que nunca existirán.

Blesa había sido condenado en febrero a seis años de cárcel por La Audiencia Nacional, que lo declaró autor de un delito continuado de apropiación indebida en el caso de las 'tarjetas black'. Sin embargo, esa condena estaba pendiente de revisión por el Supremo, que cinco meses después sigue sin pronunciarse sobre ella.

Esa sentencia, que también imponía cuatro años y medio de prisión para Rodrigo Rato y asignaba penas menores a otros 63 exdirectivos de CajaMadrid, obligaba al exbanquero a indemnizar a la entidad, hoy integrada en Bankia, con 436.688 euros por los gastos personales de su visa opaca y le hacía responder “conjunta y solidariamente” de los 9,34 millones que los ejecutivos cargaron entre enero de 2003 y el mismo mes de 2010, la época en la que él fue el presidente.

Blesa, que también aparecía en los 'papeles de Panamá' por haber dirigido una sociedad con sede en las Islas Vírgenes, estaba formalmente acusado en otro asunto cuya instrucción se encuentra en su fase final. Se trata de los sobresueldos de CajaMadrid, por los que la Fiscalía Anticorrupción solicitaba para él y para su exdirector general, Ildefonso Sánchez Barcoj, sendas condenas de cuatro años de prisión más una indemnización conjunta de 8,5 millones de euros para Bankia, sucesor por absorción de esa entidad, o para el FROB, accionista mayoritario de la misma y pagano de su rescate con fondos públicos.

"Sus responsabilidades civiles exclusivas quedan colgadas"

"El fallecimiento extingue las responsabilidades penales y, en consecuencia y al no haber una condena firme, también las civiles", explica Eladio Mateo Ayala, abogado y profesor de Derecho Penal en la universidad de Zaragoza. En el mismo sentido se pronuncian fuentes de la Fiscalía. "Lo que pudieran ser responsabilidades civiles exclusivamente suyas quedan colgadas", señalan.

"La responsabilidad criminal se extingue por la muerte del reo", establece el artículo 130.1 del Código Penal, que vincula la existencia de obligaciones civiles a "la ejecución de un hecho descrito por la ley como delito", algo que, en el caso de Blesa, nunca ocurrirá.

Eso obligará a la Audiencia Nacional a declarar el archivo definitivo de las actuaciones contra él en las tres causas, algo similar a lo ocurrido hace unos días con la fallecida Rita Barberá en el caso del presunto ‘pitufeo’ del grupo Popular del Ayuntamiento de Valencia. Y, también, a levantar el embargo preventivo de sus bienes, valorados en unos seis millones de euros, según El Economista, y que pasarán a manos de sus herederos.

¿Seguiría vivo en prisión?

El fallecimiento de Blesa abre otros dos flecos de interés jurídico. Por una parte, está el derecho de sus herederos a reclamar la devolución de los 436.688 euros que el banquero consignó antes de comenzar el juicio de las ‘tarjetas black’ con la intención de garantizarse la atenuante de reparación del daño. Ese ingreso fue un movimiento táctico habitual en los procedimientos penales que no puede ser interpretado como una confesión.

Y, por otro, pone sobre la mesa el debate sobre la aplicación de la prisión preventiva en los delitos de cuello blanco: la Audiencia Nacional rechazó tras la sentencia de las ‘black’ la petición de la Fiscalía Anticorrupción para encarcelar provisionalmente a Blesa, una medida eludible con una fianza de 100.000 euros que el tribunal también desestimó.

No existe riesgo de destrucción de pruebas ni de reiteración delictiva, concluyeron los magistrados. La realidad no contradice esa tesis, pero ¿seguiría vivo Miguel Blesa de haber estado en prisión?

La subsidieriedad de las acciones civiles

En caso de haber sido condenado en firme, los herederos siempre podrían haber optado entre repartirse su patrimonio en los términos que Blesa hubiera determinado antes de su muerte, por una parte, y, por otra, renunciar a su transmisión si esta les resultaba gravosa por tener un valor inferior al de las multas e indemnizaciones pendientes de pago. Las deudas se heredan, sí; pero no es obligatorio heredar.

Algunos medios han especulado con la posibilidad de que los herederos de Blesa tuvieran que asumir el pago de multas e indemnizaciones. Sin embargo, no hay ningún resquicio legal para que se dé esa situación, ya que las responsabilidades civiles son subsidiarias de las penales y estas no pueden ser declaradas sobre un fallecido. Sí subsisten, aunque son renunciables, si el reo muere tras una condena firme, pero no es el caso.

El banquero fue condenado en primera instancia por la Audiencia Nacional en el caso de las 'black', pendiente de revisión en el Supremo, ante el que decaerá el recurso de Blesa. Sin embargo, esa condena inicial nunca será declarada firme en lo que respecta a él: eso requeriría que el primero de esos tribunales emitiera un auto de firmeza sobre su sentencia, algo que no es posible en el caso de un muerto ya que su eventual responsabilidad criminal queda extinguida.

Por otro lado, ninguna de las acusaciones hizo en ninguna de las tres causas penales reservas expresas de las posteriores acciones civiles, por lo que estas no podrán ser dirigidas contra sus herederos.

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