El Tribunal Supremo ha confirmado este miércoles la ilegalidad del complejo turístico extremeño 'Marina Isla de Valdecañas' en sendos fallos que confirman la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJE) y ordenan la 'reposición de los terrenos' a la situación anterior al proyecto.
Una resolución que llega tras ocho años de proceso judicial desde la impugnación presentada por los colectivos Ecologistas en Acción y Asociación para la Protección de los Recursos Naturales de Extremadura (ADENEX) contra el decreto que aprobó dicho plan de interés regional, Los querellantes denuncian haber sufrido serias amenazas personales a lo largo del proceso judicial y crtican que 'la lentitud de la justicia ha provocado que ahora parte del complejo turístico esté construido'.
De esta forma, el tribunal ordena, literalmente, la 'reposición de los terrenos' a la situación en que estaban antes de la aprobación del proyecto y anula el decreto por el que la Junta de Extremadura autorizó el complejo turístico.
El Supremo desestima los recursos presentados por la Junta de Extremadura, la entidad Marina de Valdecañas S.A. y los ayuntamientos cacereños de El Gordo y Berrocalejo contra la sentencia del TSJE que ya consideró ilegal el complejo turístico.
Este proyecto urbanístico se ubica en una isla del Embalse de Valdecañas, entre las Sierras de Gredos y de Las Villuercas. Cuenta con importantes valores naturales, lo que le hizo formar parte de la Red Natura 2000, dada su declaración de Zona de Especial Protección Para las Aves. A su vez, afecta a áreas declaradas Lugares de Interés Comunitario.
El proyecto contemplaba la construcción de dos hoteles, 200 villas de lujo, un campo de golf y un puerto
Pese a ser un humedal de gran importancia por las especies que lo habitan, muchas en peligro de extinción según explican los denunciantes; la promotora Marina de Valdecañas 'contó con el apoyo y connivencia del Gobierno de Extremadura, que declaró el proyecto como Proyecto de Interés Regional'. En concreto, la idea pasaba por la construcción de dos hoteles y 200 villas de lujo, un campo de golf y un puerto deportivo, que se empezaron a construir en el este enclave natural situado a 160 kilómetros de Madrid.
Según el Supremo, cuando unos terrenos se incluyen en un régimen de protección ambiental como el citado 'resulta preceptiva su exclusión del desarrollo urbano'.
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura dio la razón a la Asociación para la Protección de los Recursos Naturales de Extremadura y a Ecologistas en Acción-CODA, que habían impugnado el decreto que aprobó dicho plan de interés regional.
Ahora el Supremo valida todos los argumentos empleados por el tribunal extremeño al subrayar que explica de forma pormenorizada por qué debe considerarse insuficiente la motivación del decreto de aprobación del proyecto.
En ese sentido destacó la falta de motivación en lo relativo a su incidencia socioeconómica y al cambio de clasificación de terrenos que son suelo no urbanizable especialmente protegido incluidos en la Red Natura 2000.
El Supremo recuerda que la jurisprudencia, puesta en relación con la normativa comunitaria europea sobre protección ambiental, establece que cuando unos terrenos están sujetos a algún régimen especial de protección sectorial resulta preceptiva su exclusión del desarrollo urbano y su clasificación como suelo no urbanizable.
El decreto impugnado fue aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura el 10 de abril de 2007.
Supuso su aprobación definitiva y dio lugar a la reclasificación y ordenación de terrenos situados en el embalse de Valdepeñas, en los términos municipales de El Gordo y Berrocalejo, en la provincia de Cáceres. El destino era la construcción del 'Complejo Turístico, de Salud, Paisajístico y de Servicios Marina Isla de Valdecañas'.
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