La sección segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha desestimado un recurso de apelación interpuesto por el ministerio fiscal contra una sentencia del juzgado de lo penal número 1 al considerar que no existió una 'mentalidad machista' en la reacción de un hombre al abofetear y empujar a su expareja al ver que ésta acudía a una cita con él acompañada de un nuevo novio.
Así, la Sala ha confirmado una condena de 50 euros de multa y ha desestimado el recurso de apelación contra una sentencia del juzgado de lo penal número 1 de Castellón, que condena al hombre como autor de dos faltas de maltrato de obra sin causar lesión, al considerar que la condena debería de ser por los delitos de violencia de género de los que estaba acusado y de los que es absuelto en primera instancia.
La sentencia da como hechos probados que el 1 de enero de 2012 el acusado se entrevistó con su expareja en un centro comercial de Castellón, a la que dio un bofetón en la cara al sentir celos tras ver que ésta acudía a la cita acompañada de una nueva pareja. La mujer pidió al procesado que se tranquilizara y le acompañó hasta el parking de dicho centro, donde éste le pegó un empujón en la cara con la mano abierta.
El juzgado de lo penal de Castellón absolvió al acusado de dos delitos de violencia de género El fiscal, en su recurso, alega que, aun siendo un hecho aislado, es 'evidente' que los celos que derivaron en dos bofetadas a la perjudicada sean expresión de 'machismo', 'pues no son más que un acto de posesión sobre la otra persona cuando de ellos deriva un ilícito penal'.
La Audiencia desestima el recurso del fiscal al considerar la apreciación de la juez respecto a que el hecho enjuiciado se aparta del estereotipo machista. Así, señala que, aunque la reacción del acusado vino motivada por sentir celos de su expareja, 'no está claro que dicha reacción sea patrimonio propio y exclusivo de una mentalidad machista'.
En este sentido, la Sala argumenta que 'la momentánea reacción no vino motivada por un planteamiento inspirado con una pretendida posesión sobre la otra persona', pues, según manifestó la víctima, el hombre no expresó una pretensión de oposición a la nueva relación de la mujer, sino su voluntad de alejarse del lugar tras su primera reacción e, incluso, posteriormente continuaron teniendo ambos una relación normalizada.
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