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Si el rey hubiera matado a su chófer habría sido declarado inmune

La condición de inviolabilidad del monarca provoca una situación de 'privilegio jurídico' que pone obstáculos infranqueables a la justicia en caso de delito

E. M.

El rey Juan Carlos fue pillado ayer por las cámaras mientras propinaba un golpe a su chófer, tras abroncarle, a la llegada a un acto de la Dirección General de Tráfico, donde le esperaban el ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, y un grupo de funcionarios que protestaba en la puerta contra los recortes.

La salida de tono del monarca, aunque se ha quedado en anécdota y no ha tenido consecuencias, ha reavivado el debate sobre la inviolabilidad de la figura del rey, que exime a Juan Carlos de cualquier delito que cometa, ya sea en el desempeño de sus funciones como en el ámbito privado.

El abogado laboralista, Enrique Lillo, explica que en el caso del manotazo, como mucho, se podría alegar atentado a la dignidad del conductor del vehículo oficial, lo que haría responsable, en todo caso, a la Casa Real.

'El derecho sancional administrativo y el derecho penal no se aplican al rey por ser éste inviolable, pero si la ofensa ha tenido la suficiente gravedad se podría plantear responsabilidad patrimonial', explica Lillo, la cual tendría que asumirla la institución monárquica.

'Si la ofensa es grave se podría plantear responsabilidad patrimonial'

La agresión del rey al chófer no sería equiparable, en todo caso, al hecho de que el jefe de una empresa maltratase a un trabajador. 'El rey está en funciones de representación, no es una relación laboral ni una relación propia de superior y subordinado', detalla.

'Sería comparable al caso de una institución que ofendiese a alguien, y por tanto sería dicha institución la que tendría responsabilidad', asegura Lillo, quien menciona también que el rey, en calidad de Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas, podría haber incurrido en una 'falta de consideración debida a un subordinado'. En cualquier caso, siempre se llega al mismo punto: el rey es inviolable.

Sin embargo, aunque no se las pueda perseguir penalmente, las acciones del monarca no están exentas de responsabilidad política, tal y como señala Miguel Sánchez, catedrático de Derecho Administrativo y ex miembro del Tribunal Constitucional.

'Hasta que no deje de ser Jefe de Estado, el monarca no dejaría de ser inviolable', puntualiza Sánchez, y añade que 'si el rey perdiera ese puesto, entonces sí se le podría juzgar, pero no por aquellos delitos que hubiera cometido durante la ocupación de su cargo, sino por aquellos que cometiera a partir de ese momento'.

De todos modos, Sánchez ve 'muy difícil que prospere ningún procedimiento en contra del monarca'.

El catedrático de derecho penal en la Universidad de Málaga, José Luis Diez, explica que, en principio, es diferente si el rey comete un delito en el contexto de su vida privada, o si lo hace dentro del desempeño de sus atribuciones institucionales.

'Si el rey hubiera conducido de forma temeraria con su moto no se le podría haber podido perseguir'

'Si realiza un delito en el ejercicio de su cargo, se le declara indemne, y es como si no lo hubiera cometido. Su conducta tiene que ser refrendada por un ministro o por el presidente del gobierno, por lo que quien respondería por ello sería el Gobierno', detalla.

'Un asesinato, por ejemplo, no sería un acto en ejercicio de su cargo, pero sucede que el rey es inmune', afirma Diez, quien precisa que 'no significa que no haya cometido un delito'. 'Mientras que no deje de ser rey, no puede ser perseguido porque, aunque ha cometido un delito, existe un obstáculo procesal', continúa.

'Cuentan que en otras epocas era muy aficionado a circular con una moto. Por ejemplo, si hubiera cometido un delito de conduccion temeraria, lo habría cometido fuera del ejercicio de sus funciones', propone Diez. 'Lo logico es que se le pudiera perseguir, pero no es así', zanja.

Un problema añadido es que en España no existe una ley que regule la renuncia del Jefe de Estado por indignidad, por lo que, explica Diez, 'el rey nunca deja de ser rey'. 'Podría ocurrir que, por incapacidad, tuviera que ser sustituido por el príncipe heredero, lo que sería una regencia que se ejercería en nombre de Juan Carlos', explica.

Hace falta una ley orgánica que prevea la renuncia del rey por indignidad

Se trata de algo que en el ámbito jurídico hace tiempo que tratan de poner de manifiesto, lo que permitiría, en caso de flagrante delito, tomar medidas. 'Si esa ley existiera y el rey cometiera un delito en su contexto privado, se abriría un proceso de declaración de indignidad, el rey cesaría como rey y perdería su privilegio jurídico', desarrolla.

Mediante esta ley orgánica, se podría prever algo tan probable como que Juan Carlos acabe abdicando en su hijo Felipe, algo que, de momento, no existe. 'Hay una laguna legal respecto a este tema', asegura Diez, quien también alerta que no están previstas posibles responsabilidades internacionales, como con la Corte Penal Internacional.

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