“Los grandes simios deben tener libertad de elección: deben poder elegir dentro del entorno en el que viven”. Esta es una de las propuestas más drásticas del Instituto Jane Goodall España, una de las instituciones que ha reaccionado a la iniciativa del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 sobre la consulta pública previa a la Ley de Grandes Simios.
Y uno de los problemas que justamente pretende abordar esta ley es “la falta de adecuación de la norma de tenencia en cautividad de los grandes simios”. Te explicamos qué busca el Ministerio con su ley de grandes simios.
Ley de Grandes Simios: una ley pionera para 140 individuos
El propio Instituto Jane Goodall cifra en aproximadamente 140 los grandes simios en cautividad en zoos y centros de rescate en España, “producto de confiscaciones a particulares o del tráfico ilegal, entregas voluntarias, antiguas importaciones legales, intercambios entre zoos o de la reproducción en cautiverio en estos últimos”.
En Estados Unidos, por ejemplo, según Project Chimp Care, viven más de 1.000 chimpancés que se sumarían a los 15.000 primates (monos y simios) que viven en cautividad como propiedad privada y a los 75.000 monos utilizados en experimentación animal según Born Free USA. En total, según WWF, serían menos de unos 300.000 chimpancés comunes en el mundo, tanto en cautividad como libres.
Pero ya sabemos que dentro de la orden taxonómica de los primates, no todas las especies son iguales. En este sentido, no cabe duda de que los grandes simios son “especiales”, empezando porque son homínidos como nosotros: es decir, los grandes simios estarían al mismo nivel que nuestros antepasados, como el homo erectus o el australopithecus.
Y no solo comparten una gran carga genética (del 99% en el caso de los chimpancés) sino que, según señala el informe del Ministerio, comparten los quince atributos que el bioético Joseph Fletcher estableció para definir la personalidad humana, entre otros, la autoconciencia, el equilibrio de razón y sentimientos, el sentido del tiempo o la actividad del neocórtex.
Teniendo todo ello en cuenta, y pese al bajo número de grandes simios en España (todos en cautividad, por supuesto, ya que el nuestro no es su hábitat natural) el Ministerio quiere establecer una ley pionera en el mundo que, no obstante, se vincula a otras leyes como la propuesta legislativa de Estados Unidos conocida como Ley de Seguridad de Primates en Cautiverio presentada el pasado abril en el Congreso y a la que todavía le queda recorrido para convertirse en ley.
Y es que en Estados Unidos el problema es mucho mayor ya que aún se permiten primates como “mascotas” siendo “un claro peligro para sus dueños y para otras personas”.
Regular la cautividad de grandes simios: ¿pueden estar cautivos?
Teniendo en cuenta, por tanto, que la tenencia en cautividad de grandes simios requiere una legislación especial dada la propia naturaleza de estos animales, el Ministerio de Derechos Sociales pretende con esta ley regular su cautividad y “erradicar determinadas prácticas que atentan contra la vida, la integridad física, la dignidad y la supervivencia de los grandes simios”.
La necesidad de esta ley, de hecho, ya venía recogida en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley de Bienestar Animal por lo que no es solo un deber por parte del Gobierno, sino una “obligación legal”: “En el plazo de tres meses a contar desde la entrada en vigor de la presente ley, el Gobierno deberá presentar un proyecto de ley de grandes simios”.
Y entre los cuatro principales objetivos de la norma, el segundo hace referencia al hecho más controvertido: la cautividad de los grandes simios. La consulta del Ministerio señala que el objetivo de la ley es “el establecimiento de unas condiciones muy rigurosas, siempre en ambientes óptimos para su desarrollo, para su tenencia o custodia, en todo caso con propósito de conservación”.
Por su parte, el Instituto Jane Goodall pide “el fin de la cautividad de los grandes simios a largo plazo, con la excepción de aquellos que eventualmente sean confiscados y recuperados del tráfico ilegal o de la tenencia de particulares y llevados a centros de rehabilitación apropiados, y que no puedan ser reintroducidos en su hábitat natural”.
Así mismo señalan que los grandes simios que estén en cautividad deben residir en un entorno que les proporcione “el suficiente espacio, enriquecimiento y estructura para desarrollar un comportamiento lo más normal y natural posible, y que incluya un grupo social apropiado de individuos compatibles”.
Por eso se pretende regular también el nacimiento de grandes simios en cautividad ya que al crecer cautivos no pueden adaptarse a posteriori a la vida en libertad.
¿Y qué dicen los zoos sobre la cautividad de los grandes simios?
La Asociación Ibérica de Zoos y Acuarios (AIZA), actor fundamental en esta normativa al representar a los principales gestores de los grandes simios en cautividad, también enviaron sus aportaciones al Ministerio, matizando algunas de las declaraciones de la consulta.
Por ejemplo, señalan que “la clasificación taxonómica no implica necesariamente que los taxones compartan características específicas solo por estar emparentadas evolutiva y genéticamente”, por lo que “los grandes simios merecen especial consideración debido a sus adaptaciones evolutivas y su historia natural única, no por su proximidad taxonómica con los seres humanos”.
Así mismo, consideran que las “aproximaciones científicas” son la mejor manera de garantizar el bienestar de los grandes simios, “en lugar de enfoques éticos o filosóficos que tienen mayor subjetividad”.
Por último, en relación a la cautividad, señalan que “los zoos más avanzados del mundo, como los de la EAZA (Asociación Europea de Zoos y Acuarios) y la AZA (Asociación de Zoos y Acuarios), han desarrollado reglamentos muy exigentes y con amplia base científica para garantizar el bienestar físico y emocional de los grandes simios”.