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Sancionan a un guardia civil por decir a su superior que era "el peor director de los últimos años"

La declaración que llevó al guardia a los tribunales se hizo en una reunión en 2018, en la que el mando le respondió que le daba igual lo que su asociación opinara de él. Al día siguiente le abrió un parte disciplinario.

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Imagen de archivo de dos agentes de Guardia Civil. — Isaac Buj / EP

madrid, Actualizado:

"Consideramos que es usted el peor director del Sector de los últimos años". Esta frase, pronunciada por un guardia civil en una reunión con un superior, no está amparada por la libertad de expresión, según el Tribunal Supremo, que ha confirmado la sanción que se impuso al agente por una falta leve.

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En una sentencia dictada este mes de julio, la Sala de lo Militar del alto tribunal ratifica la sanción de pérdida de tres días de haberes con suspensión de funciones por infringir el Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, que recoge como falta leve "la desconsideración o incorrección con los superiores en el ejercicio de las funciones, con ocasión de ellas o vistiendo uniforme".

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El mando le respondió que le daba igual lo que su asociación opinara de él y al día siguiente le abrió un parte disciplinario

La reunión, que tuvo lugar en 2018, era el encuentro semestral del jefe del sector con las diversas asociaciones profesionales del instituto armado. Acudieron nueve representantes y, en nombre de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), lo hizo en guardia ahora sancionado, quien en su turno de palabra dijo, "en un tono de voz normal", según se recoge en la sentencia: "Consideramos que es usted el peor director del Sector de los últimos años". El mando le respondió que le daba igual lo que su asociación opinara de él y al día siguiente le abrió un parte disciplinario.

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En su recurso ante el Supremo, el guardia defendió que su frase debía considerarse amparada en su derecho a la libertad de expresión, máxime cuando participaba en la reunión representando a su asociación. Pero el alto tribunal ratifica que se trata de una falta leve y, de hecho, señala que ha sido "benévolamente" sancionado. "La acción del recurrente constituye una palmaria desconsideración y falta de respeto a cualquier compañero, y de modo aún mas relevante, a un superior jerárquico", apuntan los magistrados.

"En asuntos de servicio o relacionados con la Institución" el derecho de libertad de expresión está sujeto a límites

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La ley orgánica que regula los derechos y deberes de la Guardia Civil, recuerda el Tribunal, reconoce el derecho a la libertad de expresión de los agentes, pero precisa que "en asuntos de servicio o relacionados con la Institución" ese derecho está sujeto a los límites que marca la disciplina y al deber de neutralidad política y sindical y de reserva.

Las normas que rigen el cuerpo, se explica en la sentencia, buscan impedir conductas que dañen la disciplina, la cohesión y el compañerismo. En opinión el Supremo, las palabras del sancionado "resultan claramente ofensivas y humillantes al poner en entredicho la capacidad profesional" de un superior y, desde el punto de vista subjetivo, buscaban "menoscabar la consideración, buen nombre y prestigio" del mismo.

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