MADRID
Actualizado:La asociación Facua-Consumidores en Acción ha pedido a la empresa Henkel Ibérica la retirada de la nueva campaña publicitaria con que anuncia su gama de detergentes de la marca Perlan, por la posible "vulneración de los principios" recogidos en la Ley de Igualdad. "La campaña apela al rancio y casposo estereotipo sexista de vincular las tareas del hogar con la mujer", señalan en un comunicado.
La organización entiende que el mensaje que transmite esta campaña publicitaria es "retrógrado y puede atentar contra la dignidad de las mujeres", a las que la empresa, con estos anuncios, "relega, en pleno siglo XXI, al cuidado del hogar, prejuicio que debería estar superado hace mucho tiempo".
Henkel ha asegurado hoy que no ha querido herir sensibilidades con el anuncio y ha anunciado que "actualmente no está activo" en la web y que va a realizar algunas modificaciones, pero no que lo vaya a retirar. Según la compañía, se trata de un anuncio que se emitía en la web, que "ya no está activo" y que no ha pretendido en ningún momento "herir la sensibilidad de nadie".
Ha aclarado, asimismo, que en las campañas que realiza en ningún momento pretende "romper patrones sociales de conducta, sino llegar a un público mayoritario", que en el caso de este producto son las mujeres, aunque ha insistido en que no quiere herir sensibilidades.
En este sentido, Perlan presenta cinco detergentes diferentes, que utiliza la imagen de la mujer "sin necesidad de eslóganes".
Esta campaña podría incurrir en un supuesto de publicidad ilícita prohibido en el artículo 3 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, según Facua. En su primer apartado, el citado artículo prohíbe a todo anuncio "que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores o derechos reconocidos en la Constitución", entre los que se incluyen los que "presenten a las mujeres de forma vejatoria, bien utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar, bien su imagen asociada a comportamientos estereotipados que vulneren los fundamentos de nuestro ordenamiento coadyuvando a generar la violencia a que se refiere la Ley Orgánica de medidas de protección integral contra la violencia de género".
Asimismo, siempre según el criterio de la organización, el anuncio podría contravenir también el artículo 10 de la Ley 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género que en lo relativa al ámbito de la publicidad y de los medios de comunicación señala que "se considerará ilícita la publicidad que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio o discriminatorio"
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