Nueve años de cárcel para un cura por abusar sexualmente de dos menores
Además, la Audiencia Provincial de Murcia le ha condenado a siete años de libertad vigilada. El acusado ha reconocido los hechos imputados por el Ministerio Fiscal.
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madrid, Actualizado:
La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a un sacerdote a nueve años de prisión, y otros siete de libertad vigilada, por abuso sexual a dos menores de 13 y 16 años, según ha informado este jueves el Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
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El acusado ya había sido condenado por otro delito contra la integridad sexual de un tercer menor
El sacerdote, cuya identidad se corresponde con las iniciales A.L.Z., ya ha ingresado en prisión, según el TSJ. En mayo de 2022 ya había sido condenado a otros siete años y nueve meses de cárcel por otro delito contra la integridad sexual de un tercer menor. La sección 5 de la Audiencia Provincial de Murcia (con sede en Cartagena) le obliga también a indemnizar a los menores con 8.200 euros.
El acusado, que ejerció el sacerdocio en San Pedro del Pinatar y Yecla para la comunidad neocatecumenal, actualmente está suspendido cautelarmente por la Iglesia. Además, tiene la prohibición de acercase a menos de 500 metros y de comunicarse con los menores durante nueve y diez años, respectivamente.
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El acusado ha reconocido los hechos
Los magistrados consideran que los hechos imputados por el Ministerio Fiscal, y reconocidos en parte por el acusado "aunque les niegue el significado sexual", son atendidos a criterios jurisprudenciales de credibilidad, verosimilitud y persistencia.
En concreto, el sacerdote es autor de un delito de abuso sexual a un niño de 13 años al que agarró el pene cuando jugaba con una videoconsola en su domicilio; y de un delito continuado de abuso sexual a un menor de 16 años al que tocó los genitales en varias ocasiones "para satisfacer su apetito sexual". En ambos casos, se aprovechaba de "su condición sacerdotal y de amistad con ellos y su familia".
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"A menudo, y en grupo, mantenía conversaciones de contenido sexual con ellos, en las que les preguntaba por el tamaño del pene, o la frecuencia con que se masturbaban", señala la sentencia.
Finalmente, el tribunal le impone la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por un tiempo de diez años. La sentencia no es firme, y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia.