Este artículo se publicó hace 4 años.
Madrid prohibirá fumar en la calle y el ocio nocturno "de manera inmediata"
La Comunidad lo aplicará después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid haya ratificado las medidas sanitarias aprobadas por el Gobierno regional para hacer frente a la covid-19.
Madrid-Actualizado a
La Comunidad de Madrid aplicará "de manera inmediata" la prohibición de fumar y el cierre del ocio nocturno, medidas que ya están "en vigor" después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) haya ratificado las medidas sanitarias aprobadas por el Gobierno regional para hacer frente a la covid-19.
Así lo ha aseverado el consejero de Justicia, Interior y Víctimas de la Comunidad de Madrid, Enrique López, después de que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM haya estimado el recurso del Gobierno regional contra el auto del juez Alfonso Villagómez, que no ratificó las medidas solicitadas por el Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso.
Tras conocer la resolución, el consejero madrileño ha mostrado "la satisfacción" del Gobierno regional, dado que estas medidas van dirigidas "a proteger a la salud pública" de los madrileños.
"Estas medidas están adoptadas en esta línea, aunque supongan en algún caso algún tipo de limitación a un derecho fundamental", ha recalcado López y ha subrayado que "las administraciones están para generar seguridad y certidumbre frente a la confusión".
Confusión generada
La orden regional se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) el miércoles 19 de agosto y entró en vigor el 20, establecía también el cierre de los locales de ocio nocturno y prohibía también el consumo de alimentos a bordo de los vehículos de transporte público, en autobús o ferrocarril. Además, limitaba la actividad de hostelería y restauración, pues tanto dentro como fuera de los locales debía cesar a la 01.00 horas, no pudiendo en ningún caso admitir nuevos clientes a partir de las 00:00 horas.
El recurso se interpuso después de que el juez Alfonso Villagómez no ratificara dichas medidas y las dejaba en suspenso al estimar que no necesitaban ratificación. Tras ello, se abrió un debate jurídico sobre el sistema de doble control judicial de los actos administrativos que afectan a derechos fundamentales, con una autorización previa y la posibilidad de recurso.
La Comunidad de Madrid se quejó de la confusión a la que llevaba su auto. Por ello, el juez Villagómez realizó declaraciones en las que detalló que no anuló las medidas y que por tanto la disposición regional seguía vigente.
En concreto, Villagómez explicó a Europa Press que la disposición general sobre la que la consejería pedía ratificación establece normas generales y no para una persona específica, y subrayó que ese tipo de orden no necesita la ratificación judicial.
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