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Madrid multará desde este lunes con 200 euros los accesos indebidos de coches a la ciudad

Los propietarios de coches con clasificación ambiental A no empadronados y dados de alta en el IVTM en la capital antes de 2022 tendrán restricciones en el acceso a Madrid a partir del lunes 1 de julio.

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Una señal de tráfico que marca la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección cuando entró en vigor en septiembre de 2021. — Ricardo Rubio. / Europa Press.

madrid, Actualizado:

El período de aviso a los turismos que tienen restricciones de acceso a la ciudad de Madrid, que son aquellos coches con clasificación ambiental A no empadronados y dados de alta en el IVTM en la capital antes de 2022, finaliza este domingo, por lo que a partir del 1 de julio serán multados con 200 euros (100 por pronto pago) si entran a la ciudad.

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En una nota, el Consistorio recuerda que tienen clasificación ambiental A los turismos diésel matriculados antes de 2006 o los de gasolina previos al 2000. Estos vehículos sólo podrán atravesar el término municipal de Madrid utilizando las vías M-40, M-45 y M-50, así como las autovías radiales hasta el límite de la M-40, que están libres de restricciones para garantizar la conectividad.

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La restricción no afecta a vehículos de mercancías o motocicletas sin etiqueta, que podrán seguir circulando con normalidad hasta el 31 de diciembre de 2024, más allá de las limitaciones específicas de las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) de Distrito Centro y Plaza Elíptica.

Restricciones a la movilidad vigentes

Los turismos A (diésel matriculados antes de 2006 y gasolina matriculados antes de 2000) tienen prohibida la circulación por todo Madrid, y sólo podrán atravesar el municipio por las vías M-40, M-45 y M-50, así como por las autovías radiales hasta el límite de la M-40.

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Quedan excluidos los vehículos que a fecha 1 de enero de 2022 no estuvieran domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y figurasen de alta en el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid.

A partir del 1 de enero de 2025, la prohibición se hace extensiva a:

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Desde esa misma fecha, los únicos vehículos A que podrán circular son:

Normas que se mantienen en la ZBEDEP de Distrito Central y Plaza Elíptica

Pese a la generalización de las prohibiciones a los vehículos más contaminantes, cabe recordar que se mantienen normas específicas y más restrictivas para las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP):

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