SEVILLA/ PAMPLONA.- El juez de Instrucción número 4 de Pamplona, que investiga la supuesta violación grupal de una joven de 18 años el pasado 7 de julio, ha dictado una providencia en la que da un plazo de tres días a las partes personadas para que "puedan proponer las diligencias de prueba cuya práctica pretendan o aportar los documentos que interesen".
En la providencia, fechada el 8 de noviembre, el juez emplaza a las partes después de que la Audiencia Provincial de Navarra haya anulado el auto por el que el juez dio por finalizada la instrucción de la supuesta violación grupal al entender que se ha causado "indefensión" a los cinco jóvenes de Sevilla, entre ellos un guardia civil, que han sido procesados y encarcelados provisionalmente por estos hechos.
La Audiencia Provincial de Navarra dictó un auto el pasado 17 de octubre en el que anulaba la decisión del juez instructor de dar por terminado el sumario al considerar que se habían practicado todas las diligencias pertinentes para averiguar los hechos.
A juicio de la Audiencia de Navarra, el juez 'de facto', había "continuado generando actuaciones, resolviendo recursos que pendían al momento de declarar la terminación y, a la par, denegando la petición de diligencias interesadas por las partes bajo el argumento de que el sumario estaba concluido".
La Audiencia considera que esta instrucción "ha causado indefensión" a los investigados, ya que el juez, a pesar de dar por concluido el sumario, "ha continuado 'de facto' tramitándolo con posterioridad a la remisión de las actuaciones a este tribunal de enjuiciamiento y ha dictado diversas resoluciones".
En este sentido, la Audiencia considera "ilustrativa" la providencia del pasado 24 de octubre en la que, en relación al escrito donde uno de los procesados solicitaba la práctica de una diligencia de averiguación, el Juzgado instructor decide no admitirlo "toda vez que el presente sumario ya está concluido".
Por ello, la Audiencia anula el auto de conclusión de sumario, que devuelve la instructor para que continúe con su tramitación y pone de nuevo a su disposición a los cinco encarcelados por la violación a la joven de 19 años durante los pasados Sanfermines.
La Audiencia resuelve que conservarán su validez todas las resoluciones dictadas por el instructor a partir de la remisión de la causa a la Sala "a excepción de aquellas cuyo único fundamento haya resultado ser la existencia del auto" que se anula.
Los motivos de la anulación del cierre del sumario
"La descrita situación procesal ha supuesto que dos órganos judiciales, el Juzgado de Instrucción número 4 y esta Sección Segunda de la Audiencia, hayan estado conociendo a la par y en paralelo de la misma causa penal, circunstancia ésta que no tiene ningún amparo en Derecho y que determinó el planteamiento de oficio de la posible nulidad de actuaciones de la que esta resolución trae causa", argumenta el tribunal en este auto.
La Fiscalía apoyaba la nulidad
La Fiscalía había solicitado la nulidad del auto de conclusión de sumario porque, con posterioridad a su dictado, "se han interpuesto y resuelto recursos de reforma frente a los que procede la interposición o bien de recursos de apelación o de queja", añadiendo que "no es posible por razones de competencia funcional que el sumario se remita a la Sala mientras queden pendientes diligencias procesales ante el Juzgado de Instrucción".
Por este motivo, el Ministerio Público pidió que se declarase la nulidad del auto de 17 de octubre y se devolviera el procedimiento al instructor, "a los sólo efectos de que se unan las actuaciones realizadas con posterioridad, y una vez conclusas las mismas conforme a lo dispuesto en el artículo 622 se dicte de nuevo auto de conclusión del sumario por entender practicadas todas las diligencias de prueba indispensables".
El pasado 8 de agosto, el juez decretó el procesamiento de J.A.P.M., J.E.D., A.J.C.E., A.M.G.E y A.B.F. por cinco delitos de agresión sexual y un delito de robo con violencia.
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