Este artículo se publicó hace 2 años.
La Generalitat amplía la protección de los comercios históricos: ahora, blinda el oficio que desempeñan
Los propietarios deberán comunicar a la Administración el cambio en el uso del local y un informe favorable del responsable de patrimonio del municipio deberá aceptar la modificación.
Madrid-Actualizado a
La "singularidad comercial de los pueblos y ciudades" de Catalunya ahora estará un poco más protegida. Es el objetivo que persigue la Generalitat con la ley 6/2022, que modifica la Ley de Patrimonio Cultural Catalán de 1993. Si antes, los llamados "establecimientos emblemáticos" no podían retocar su parte física (fachadas, interiores...), ahora esto se extiende al oficio desempeñado en el local.
Se define como "establecimiento emblemático" aquel "que ha ejercido la actividad comercial, incluida la de carácter artesanal, durante más de cien años en un mismo local o lugar, y que se ha dedicado a la venta de productos artesanales, tradicionales o singulares".
El preámbulo del texto deja claro que "mientras no se regule el patrimonio cultural inmaterial catalán, esta protección es difícil de extender a la actividad que ejercen estos establecimientos". Por ello, establece vías para facilitarlo.
En primer lugar, los propietarios deben comunicar a la administración "cualquier cambio en el uso de los bienes, incluyendo la finalización de la actividad que se realiza en ellos", para que pueda asegurarse que se garantizarán los deberes de conservación y mantenimiento.
En segundo lugar, detalla la norma que estos cambios de uso de los bienes debe autorizarlos "la administración que los ha declarado" y quedan condicionados al informe favorable del responsable de patrimonio del municipio afectado.
Con estos dos matices se busca que el uso propuesto para el comercio histórico de turno sea compatible con su protección. Un paso más para que la belleza de lo antiguo no se pierda.
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