madrid
Actualizado:La Fiscalía ha interpuesto este miércoles un recurso de apelación contra la sentencia de la Audiencia provincial de A Coruña, acerca del descarrilamiento de un tren Alvia en julio de 2013 que dejó 80 muertos, en el que reclama la condena únicamente del maquinista y la absolución de un director técnico de la firma de infraestructuras Adif.
Así lo indica la Fiscalía en un comunicado acerca de la sentencia del pasado 26 de julio, que condenó a dos años y medio de cárcel al maquinista Francisco José Garzón Amo y al entonces director de seguridad en la circulación de Adif Andrés Cortabitarte.
El descarrilamiento se produjo la tarde del 24 de julio de 2013 en una curva a la llegada del tren procedente de Madrid a la estación de Santiago de Compostela cuando el tren iba a más de 190 kilómetros por hora en un tramo limitado a 80, y a consecuencia de ello 80 pasajeros murieron y un centenar y medio resultaron heridos del total de 224 personas que viajaban a bordo.
La Fiscalía impugna parte de la resolución judicial alegando que el entonces responsable de Adif "no cometió delito alguno por imprudencia".
El fiscal del caso, Mario Piñeiro, en junio del año pasado en las conclusiones de la vista oral del proceso, sorprendió a los abogados de las víctimas al cambiar su posición inicial de condenar al director técnico de Adif por la de absolverlo.
En esa línea está ahora el recurso de la sentencia que ha sido presentado "tras reunirse la junta de fiscales de esta área y consensuar de forma unánime la respuesta a la sentencia, tras valorar y estudiar pormenorizadamente los aspectos técnicos del recurso", afirma la Fiscalía de Santiago de Compostela.
Renfe pidió el atenuante para el maquinista
El pasado martes, Renfe recurrió la sentencia, solicitando para el maquinista, Francisco Garzón, el atenuante de reparación del daño, al haberse pagado indemnizaciones antes del juicio.
En su recurso de apelación, al que ha tenido acceso Europa Press, Renfe pidió para Garzón el atenuante de reparación del daño previsto en el artículo 21.5 del Código penal, tratando de que esta solicitud no interfiera en la estrategia de defensa que los abogados del maquinista lleven a cabo.
Así, Renfe subrayó que el maquinista "desde el primer momento del siniestro", incluso estando todavía dentro de la cabina, relató lo que había ocurrido durante una llamada telefónica y expresó su "máxima preocupación" por el estado de las víctimas.
Además, discrepó de la sentencia del juzgado santiagués, que indica que fueron los seguros de Renfe los que pagaron las indemnizaciones a las víctimas "desde los primeros momentos" tras el accidente, indicando que "la atenuación de la responsabilidad criminal por la reparación económica del daño causado por el delito exige que el esfuerzo provenga del propio acusado y no de la compañía aseguradora de su empleador que con el pago total".
Sin embargo, Renfe mostró su desacuerdo, ya que Garzón es un trabajador "que no puede hacer frente a la responsabilidad civil de un accidente de esta magnitud". "Estamos ante un siniestro con un margen de discusión económica entre 22 y más de 50 millones de euros", criticó la empresa.
"No nos parece razonable", destaca Renfe
"Según la tesis de la sentencia, no cabría prácticamente posibilidad alguna de que se pudiera entender que un trabajador inmerso en un siniestro pudiera verse amparado por un atenuante como el que estamos tratando. Daría igual la actitud y el comportamiento del acusado, nada sería suficiente al efecto. No nos parece razonable", insiste la empresa.
"Consideramos que la sentencia que estamos recurriendo no ha tenido en cuenta que no cabe que el señor Garzón reaccionara de forma más proactiva tras el lamentable siniestro que nos ocupa. Con su actuación facilitó que las víctimas fueran atendidas y reparadas en la medida de lo posible. Un accidente de esta magnitud no puede ser afrontado por un particular de mejor manera por lo que consideramos que debe aplicarse la atenuante prevista en el artículo 21.5 del Código Penal", destaca Renfe.
La firma también apeló al contrato de seguro, insistiendo en que Garzón era asegurado de la póliza y de hecho "fue atendido dentro del ámbito de coberturas establecidas en la misma". "No estamos pues en una relación en la que ni el acusado, ni Renfe ni su aseguradora sean terceros ajenos al marco de la cobertura otorgada por el actor en civil en el cumplimiento de lo previsto contractualmente con Renfe", añadió.
Por todo ello, solicitó a la sala que se estimase su recurso de apelación y que se recogiese el atenuante de reparación del daño para Garzón.
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