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Discriminación Una empresa despide a una veterinaria por cuidar a su bebé mientras estaba de baja

La Justicia considera el despido nulo por discriminatorio. La trabajadora acababa de terminar su periodo de ausencia por maternidad y su hija todavía se encontraba en periodo de lactancia. 

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Un grupo de vacas lecheras comiendo pienso en una granja | EFE

madrid,

Una veterinaria de una zona rural de León fue despedida mientras se encontraba de baja por tendinitis De Quervain en el año 2016. La mujer, que acababa de finalizar su periodo de baja por maternidad, comunicó a la empresa que sufría una dolencia que no le permitía reincorporarse al trabajo. La compañía contrató a un detective privado para que la siguieran, ya que sospechaban de que en realidad sí se encontraba en condiciones para desempeñar su labor.

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Tras la investigación, la empresa comunicó el despido a la trabajadora porque había sido vista cuidando a su bebé -en periodo de lactancia- y haciendo la compra. Según argumentó la empresa, que pudiera realizar esas actividades demostraba que estaba en condiciones de salud válidas para lidiar con las reses, por eso alegó que la veterinaria estaba cometiendo una "grave violación del deber de buena fe" contractual.

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Ahora, la Justicia ha confirmado que el despido es nulo por ser discriminatorio. Primero lo hizo el juzgado de lo social y lo ha ratificado el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León. Además, hay que tener en cuanta que la hija de la trabajadora se encontraba en periodo de lactancia, etapa especialmente protegida por el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 55.5.c). 

La empresa alegó que el cese de la trabajadora no se debió, en ningún caso, a su situación de gestante ni de madre. Posaron sus motivos sobre el informe del detective privado en el que, según ellos, se "evidenciaba el buen estado de salud de la actora y su incorrecta actuación fraudulenta al permanecer en situación de baja médica". Pero para los jueces, estas pruebas no eran suficientes como para ejecutar el despido. 

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Del mismo modo, el TSJ recuerda que no siempre es incompatible la realización de tareas cotidianas con la baja médica y reprocha que se equipare el cuidado de los animales con el de un bebé. "Pareciendo notorio que el cuidado del lactante o el transporte de la compra diaria no comporta las exigencias propias del manejo y cuidado del ganado, actividad desempeñada por la actora como veterinaria de campo", explica la sentencia.

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