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La DANA en España: ¿Cómo reclamar los daños al seguro?

El temporal deja, por el momento, más de un centenar de muertos, mientras los equipos de rescate y vecinos intentan buscar a los desaparecidos y despejar las calles. Las aseguradoras ya se ponen en marcha cubrir los daños.

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Una mujer realiza labores de limpieza junto a vehículos destrozados tras el paso de la DANA por el barrio de La Torre de València. — Rober Solsona / Europa Press

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La violenta DANA que ha afectado esta semana a varias provincias españolas ha causado la muerte de más de un centenar de personas, decenas de desaparecidos e incontables daños materiales.

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La patronal de las aseguradoras UNESPA, junto con el Consorcio de Compensación de Seguros (entidad dependiente del Ministerio de Economía), ha creado una web que explica cómo se indemnizan los daños sobre bienes y personas aseguradas provocados por fenómenos de la naturaleza, que puede consultarse pinchando aquí.

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Es el temporal más trágico en lo que va de siglo en el país y, en consecuencia, el sector asegurador español se pone en marcha para hacer frente a los daños a los que se enfrentan las víctimas de la DANA. En este caso, València ha sido enormemente afectada y los daños allí y en el resto de provincias –como Albacete o Málaga– serán mayoritariamente cubiertos por el CCS, según ha informado el ministro de Economía, Carlos Cuerpo.

¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros?

Es un organismo público a cargo del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, que indemniza a las víctimas de hechos extraordinarios –como es el caso de la DANA– cuyos perjuicios son producidos por un fenómeno natural, por lo que se cubren los daños en viviendas, coches, comercios y terrenos agrícolas, entre otros. Pero, un dato importante es que, el CCS, solo responde si el individuo tenía contratado un seguro previamente y está al corriente de pago.

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No hace falta que el seguro contratado cubra exactamente estos daños, sino que sea uno básico de hogar o de coche, incluso si este último es un seguro a terceros o si una persona que ha fallecido por las inundaciones tenía un seguro de vida, será el CCS quien se haga cargo.

¿Qué puede hacer mi aseguradora?

Las compañías de seguros cobran un exceso de prima en cada seguro de hogar o coche con el objetivo de financiar al Consorcio. De hecho, en este tipo de situaciones extremas, prestan sus centros de atención telefónica para ayudar a coordinar las consultas de sus clientes y que el CCS los atienda.

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En primer lugar, Mutua Madrileña ha habilitado el teléfono 915 036 415 para ofrecer asistencia urgente, además de haber activado un dispositivo especial de asistencia para sus asegurados.

Por su parte, Generali ha habilitado el número 900 300 600. Por otro lado, Mapfre, ha habilitado a sus clientes los teléfonos de atención 900 101 012 y 918 366 279, además de la entera disponibilidad a través de su página web y su aplicación móvil.

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Aparte, los agentes de seguros pueden ayudar a los clientes a tramitar la reclamación por los daños provocados por la catástrofe.

¿Qué debo hacer para reclamar?

Se debe llamar al teléfono del CCS (900 222 665) o rellenar un formulario en la web de dicho organismo para iniciar el trámite. El Consorcio comenzará con el proceso de indemnización cuando reciba el parte del siniestro y buscará un perito que acuda al lugar de los hechos para evaluar los daños.

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En este caso, y debido a la gran magnitud de la catástrofe, el proceso de visita del perito puede ser más lento, ya que son autónomos contratados para estos casos no son personal del Consorcio.

¿Qué seguros intervienen en estos casos?

Para empezar, si una víctima del temporal ha fallecido y tenía seguro de vida, el CCS indemnizará a los beneficiarios que estuvieran designados en el contrato. Al igual que si una persona ha sido lesionada y tenía seguro de accidentes, el Consorcio también le indemnizará.

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También se cubren los daños sufridos en el exterior e interior de las viviendas. Los propietarios de los inmuebles que se destinaban a ser alquilados podrían recibir una indemnización por la pérdida de las rentas en las condiciones establecidas en el contrato. También puede estar cubierta la inhabitabilidad de la vivienda por sus propietarios. El CCS, además, cubre los daños en las zonas comunes del edificio, en el exterior y el interior.

Además, estarán cubiertos los daños de locales, tanto en el interior como en el exterior de ellos. Dependiendo de la póliza, el negocio asegurado podrá recibir una indemnización por la paralización de su actividad empresarial.

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Por otro lado, todos los seguros de coche incluyen la cobertura frente a riesgos extraordinarios, así que los propietarios de coches arrastrados por riadas o dañados por vientos de más de 120 km/h serán indemnizados por parte del CCS. Los daños ocasionados por el granizo sobre los vehículos serán indemnizados si el vehículo incluía la cobertura de rotura de lunas o de daños propios (cristales y chapa).

Por último, el seguro agrícola cubre los daños causados por este temporal en cosechas, ganado e instalaciones agrícolas aseguradas.

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¿Qué tengo que aportar al reclamar?

Para que el Consorcio se haga cargo de los daños, habrá que demostrar que se contaba con una póliza vigente y al corriente de pago. El Consejo de Mediadores de Seguros apunta que ese contrato tiene que haber estado en vigor desde una semana antes del siniestro, al menos.

Por otro lado, para facilitar la evaluación del perito que enviará el Consorcio, es mejor no deshacerse de ningún mueble que haya sido dañado y conservarlos hasta que acuda. Si se debe hacer alguna reparación de urgencia, se deben guardar las facturas para reclamar el importe después.

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¿Qué plazo hay para reclamar?

La persona afectada que tiene un seguro contratado debe dar parte a su aseguradora (o al CCS) en un plazo de 7 días para que tramite el proceso. Sin embargo, al ser esta una ocasión extraordinaria, ese plazo no se tiene en cuenta, ya que algunas zonas pueden seguir incomunicadas por el paso del temporal.

¿De qué dependerá la indemnización?

El Consorcio cubre los daños dependiendo de lo que los afectados tuvieran establecido en sus seguros privados. El CCS señala que tendrá en cuenta los bienes, el capital asegurado y el resto de condiciones que estén establecidas en la póliza del seguro para estas situaciones.

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