Este artículo se publicó hace 3 años.
La Audiencia de Valencia archiva el procesamiento del PP en la causa del 'pitufeo' durante el mandato de Barberá
La Sala del Tribunal valenciano ha decretado ya el archivo provisional para 39 de los 50 investigados, incluido el Partido Popular, porque estima que no hay indicios de la comisión del delito de blanqueo de capitales en la campaña electoral de Rita Barberá en las elecciones municipales de 2015, por el que estaban encausados.
La Audiencia de Valencia ha archivado provisionalmente las diligencias en la causa del pitufeo para 22 investigados más, después de los 13 que archivó el pasado martes, así como para el PP, que figuraba también investigado como persona jurídica, al estimar que no hay indicios de la comisión del delito de blanqueo de capitales en la campaña electoral de Rita Barberá en las elecciones municipales de 2015, por el que estaban encausados.
Respecto al Partido Popular, la Audiencia asegura: "fuera de la irregular e ilícita actividad que se orquestó dentro del Grupo Popular del Ayuntamiento de Valencia, falta el enlace preciso y absolutamente necesario del conocimiento de que con este operativo se ayudaba y colaboraba en el blanqueo de capitales con la actividad delictiva previa origen del dinero", según el auto hecho público este jueves por el Tribunal Superior de Justicia valenciano.
Una magistrada ha dado un voto particular, porque entiende que sus recursos de apelación deberían haber sido desestimados
Sin embargo, la sección cuarta de la Audiencia ha acordado seguir el procedimiento contra el que fuera concejal con Rita Barberá presidente de la Fundación Valenciana de la Innovación y el Conocimiento (FIVEC) y delegado del Centro de Estrategias y Desarrollo (CEyD) Juan Eduardo Santón.
En este caso, el tribunal ha desestimado su recurso de apelación contra el auto de procedimiento abreviado dictado en octubre de este año por el juez instructor, que apreciaba en la conducta de este investigado indicios de delito de malversación por la contratación con dinero público de trabajos que podrían no responder a la realidad.
Este jueves, la Audiencia ha notificado un total de veinticuatro autos y en cinco de ellos, relativos a una decena de investigados, una magistrada ha emitido voto particular, pues entiende que sus recursos de apelación deberían haber sido desestimados.
La Audiencia está aún pendiente de resolver otros recursos
El pasado 19 de octubre, el Juzgado de Instrucción número 18 anunciaba el procesamiento de 49 concejales y asesores del Ayuntamiento en la etapa de Barberá, así como del PP como persona jurídica, por blanqueo de capitales en las elecciones municipales de 2015, en un auto que llegaba tras casi 6 años de una enmarañada investigación policial y judicial.
El caso, conocido como pitufeo, fue una donación que el Partido Popular de Rita Barberá solicitó, en marzo de 2015, a los distintos miembros de la formación a modo de donativo para la campaña. Sin embargo, este dinero, supuestamente, fue reembolsado a todos los que lo ingresaron en forma de dos billetes de 500 euros.
La operativa de blanqueo atribuida por el juez instructor consistía en ingresar por parte de los procesados en la causa 1.000 euros como donativo en la cuenta que gestionaba la que era secretaria del grupo municipal, Mari Carmen García Fuster, que presuntamente les eran devueltos con dos billetes de 500 euros, procedentes de dinero negro supuestamente "recaudado" por el que fuera vicealcalde y mano derecha de Barberá, Alfonso Grau, que de esta forma quedaba blanqueado.
La Audiencia ha decretado hasta ahora el archivo provisional de la causa para 39 de los 50 investigados, incvluido el PP
Pero varios de los exediles y exasesores procesados por ese juzgado apelaron contra esa decisión alegando que los hechos probados fueron "confeccionados sin contar con el respaldo indiciario suficiente que dé cobertura a los elementos objetivos y subjetivos propios de la infracción delictiva"
La Audiencia, tras repasar el auto de apertura de procedimiento abreviado contra los exconcejales y exasesores y alumbrar las contradicciones que halla en él, asevera que esa decisión del 19 de octubre "se debe sustentar en un juicio de probabilidad delictiva, no en el de la posibilidad de que haya sucedido el delito, sea en sentido positivo o negativo".
En total, ha decretado hasta ahora el archivo provisional de la causa para 39 de los 50 investigados (incluido el PP, además de exconcejales y exasesores en la etapa de Rita Barberá al frente del Ayuntamiento), mientras que ha acordado que siga la causa contra dos encausados (la exsecretaria del grupo municipal popular y el citado expresidente de FIVEC).
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