El Constitucional anula el desahucio de una víctima de violencia de género
La sentencia no ha podido ser comunicada a la mujer, que se encuentra ilocalizada para huir de los malos tratos de su expareja
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MADRID.- La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de amparo de una víctima de violencia de género contra la que se había dictado un procedimiento de ejecución hipotecaria -previo al desahucio-, y a la que no se le pudo notificar por encontrarse ilocalizada para evitar los malos tratos de su exmarido.
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El Constitucional entiende que la imposibilidad de dar con la mujer se debió a la situación de violencia de género que estaba padeciendo, una circunstancia que, a su juicio, "debe ser objeto de una especial ponderación por el juez, que debe valorar en cada caso la necesidad de salvaguardar el deber de confidencialidad debido a la situación de la víctima".