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Condenan a un profesor de Educación Física a siete años de cárcel por agredir sexualmente a cinco alumnas

Los delitos se produjeron a partir de 2017, cuando había asumido la dirección del centro de Infantil y Primaria de la Región de Murcia en el que impartía su materia.

Condenado profesor por agresión sexual
Foto de archivo de un Policía Nacional, a 10 de mayo de 2024, en Los Dolores, Murcia. Dima / EP

La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a penas que suman siete años y un mes de cárcel y una multa de 900 euros a un profesor de Educación Física que reconoció en el juicio haber agredido sexualmente durante años a cinco alumnas, todas ellas menores de edad.

La sentencia señala que la mayor parte de los delitos por los que se le condena se produjeron a partir de 2017, cuando había asumido la dirección del centro de Infantil y Primaria de la Región de Murcia en el que impartía Educación Física.

El relato de los hechos probados señala que el primero de los cuatro delitos continuados se produjo en los años 2003 y 2004, cuando en un indeterminado número de ocasiones realizó tocamientos sobre una alumna que tenía diez años.

Desde 2016 hasta octubre de 2018, el profesor efectuó hechos similares sobre otra niña de ocho años, y en el mismo espacio temporal repitió con otra de siete años. Durante el curso escolar 2018-2019 cometió otro delito sobre una escolar de nueve años, y en octubre de 2018 mantuvo la misma conducta delictiva en una ocasión sobre una alumna de diez años.

La sentencia de conformidad le impone también siete años de libertad vigilada y 28 de inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión u oficio que conlleve el contacto con menores, así como un alejamiento de 200 metros de las víctimas.

Finalmente, deberá indemnizar a las cinco alumnas con cantidades que suman 67.000 euros, de los cuales antes de la celebración del juicio había adelantado 47.000, declarándose civil subsidiario al ser el acusado funcionario de la comunidad autónoma.

La Sala acuerda dejar en suspenso el cumplimiento efectivo de las penas de prisión durante cinco años a condición de que durante ese tiempo no vuelva a delinquir, abone la parte de las indemnizaciones que le falta y pague la multa impuesta por uno de los delitos y otra de 4.800 euros a la que se le obliga por el beneficio que se le concede.

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