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La CNMC recurre el decreto que dificulta el establecimiento de nuevas autoescuelas

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia afirma que la existencia de "importantes restricciones" a la competencia limita la oferta de clases de conducción.

Imagen de archivo de varios coches de autoescuela en Mallorca.
Imagen de archivo de varios coches de autoescuela en Mallorca. - EFE

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha recurrido varios apartados del real decreto que modifica el reglamento regulador de las autoescuelas y el de conductores. El organismo considera que el reglamento dificulta el establecimiento de nuevos centros y reduce la intensidad competitiva entre ellos. 

Según la CNMC, las "importantes restricciones" que se imponen bajo este reglamento a la competencia entre autoescuelas limita la oferta de clases de conducción. La normativa recurrida obstaculiza el ejercicio como director y profesor de autoescuela, puesto que obliga a los primeros a disponer de dos certificados de aptitud (de director y de profesor, que se obtienen tras superar unas pruebas), además de la autorización para ejercer.  

La CNMC advierte de que exigir estos certificados es "desproporcionado", ya que las funciones de director se centran en la gestión empresarial y no en la docencia. También considera exagerada la exigencia tanto a los directores de autoescuela como los profesores de obtener un certificado de aptitud y una autorización para poder ejercer cuando se puede sustituir el segundo por una comunicación previa. 

Asimismo, la nueva regulación obliga a los profesores a solicitar otra autorización cada vez que empiecen a prestar servicios en una nueva autoescuela, lo que "restringe" la movilidad de éstos entre distintos centros y "vulnera" el reconocimiento oficial de titulaciones

En enero de este año, la CNMC envió al Ministerio del Interior un requerimiento explicando los problemas de la normativa, para evitar la impugnación. Sin embargo, no obtuvo respuesta y recuerda que está legitimada para impugnar los actos administrativos que supongan obstáculos al mantenimiento de una competencia efectiva en los mercados. 

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