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El TS tumba el pilar de la reforma laboral: los convenios no caducan

Las condiciones pactadas en un convenio, como el salario, son de naturaleza jurídica contractual y vinculan al empresario. Es su primera sentencia sobre el fin de la llamada ultra-actividad de los convenios que implantó el Gobierno del PP

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La vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría y la ministra de Empleo, Fátima Báñez, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. EFE/BALLESTEROS

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MADRID.- La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una primera sentencia que tumba el pilar de la reforma laboral de 2012, cuando consagró que los convenios no se podrían prorrogar de forma indefinida hasta que exista un nuevo convenio, sino sólo un año. Ponía así fin a la llamada ultra-actividad de los convenios.

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Esta resolución supone el primero de los pronunciamientos del Tribunal Supremo sobre el pilar de la reforma laboral del Gobierno del PP.

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