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El Tribunal de Cuentas se ampara en la Constitución y no fiscaliza el dinero del rey

El artículo 65 de la Carta Magna permite distribuir "libremente" al monarca el presupuesto público que se le asigna. La inmunidad real impide investigar sus ingresos por graves que sean los indicios de irregularidades.

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El rey padre Juan Carlos de Borbón (i), el rey Felipe VI y la heredera de éste, la princesa de Asturias Leonor de Borbón. EFE

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MADRID.- El Tribunal de Cuentas no ha fiscalizado nunca las cuentas de la Casa Real, aunque éstas procedan de dinero público, confirman fuentes de esta entidad. En 2015, la institución monárquica dispone de 7,7 millones de euros que distribuye el rey según considera conveniente entre su familia, el personal de la Casa y los gastos de funcionamiento. El organismo fiscalizador se ampara en el artículo 65 de la Constitución Española (Título II. De la Corona), que hace referencia al presupuesto real de forma escueta pero muy contundente: "El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma".

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Da igual que existieran indicios firmes de que el rey hubiera cometido un delito de corrupción o financiado al terrorismo con dinero público: la Constitución impide que se le investigue

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Este dinero público que recibe la Casa Real y que distribuye el rey sin tener que dar explicaciones o justificación alguna se ampara, además, bajo el paraguas de la inmunidad del rey, asimismo recogida en la Carta Magna (Art. 56.3 "La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad (...)"). Es decir, explican las mismas fuentes del Tribunal de Cuentas, no importa los indicios que hubiera de que el rey hubiera cometido un delito, por ejemplo, de corrupción. O, yendo a los extremos, indicios de haber financiado a una organización terrorista. Sea cual sea el destino del dinero público, el presupuesto asignado al rey y a la Casa Real no podría ser investigado, por el mismo motivo por el que el rey es inviolable y no tiene que responder judicialmente por ningún acto.

El Tribunal de Cuentas -que esta semana, por ejemplo, presentó al Congreso de los Diputados la fiscalización del Centro de Arte Reina Sofía- tiene en su historial dos lagunas que distan mucho de la intención del Gobierno de Mariano Rajoy de dotar a las instituciones de la máxima transparencia que demandan los ciudadanos.

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El blindaje de la Casa Real y la Iglesia ante la entidad fiscalizadora superior data de la transición: en 1978 se aprobó la Constitución Española y en 1979, los Acuerdos del Estado con la Santa Sede

Por un lado, el rey y la institución que encabeza, la Corona. Por otro, y tal y como informó Público esta misma semana, la Iglesia Católica. En ambos casos, el blindaje de la Casa Real y la Iglesia ante la entidad fiscalizadora superior data de hace prácticamente el mismo tiempo: 36 años los Acuerdos del Estado con la Santa Sede en Asuntos Económicos (1979) y 37 años la Constitución Española (1978).

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