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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias suspende el protocolo de atención a menores migrantes de Clavijo

El auto expone que esta "alteración relevante" del actual marco normativo "aconseja" mantener el sistema que se ha venido utilizando hasta ahora.

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Migrantes llegan a bordo de la Guardamar Calliope al puerto de La Restinga tras ser rescatados, a 20 de septiembre de 2024, en El Hierro, Canarias. — Antonio Sempere / Europa Press

Madrid, Actualizado:

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha acordado este viernes suspender el protocolo de atención a menores migrantes no acompañados de Canarias en línea con el recurso de la Fiscalía Superior de Canarias.

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Dicho protocolo, publicado el pasado jueves 12 de septiembre por el Ejecutivo canario en su boletín oficial, señala que la tutela de los menores llegados en patera compete inicialmente al Estado y advierte de que no los aceptará en sus centros de acogida si no llegan correctamente identificados y con una asignación individualizada.

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Ya la Fiscalía Superior de Canarias presentó el pasado miércoles, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), un recurso al entender que el citado protocolo vulnera el derecho fundamental al principio de igualdad reconocido en el artículo 14 de la Constitución y en la Convención de los Derechos del Niño, así como el derecho fundamental a la integridad moral reconocido en el artículo 15 de la Constitución.

Ahora, con esta decisión del TSJC, el Gobierno regional tiene un plazo de tres días para que "alegue lo que estime procedente" y reconoce que "concurren circunstancias de especial urgencia" para validar la petición de la Fiscalía.

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El TSJC sostiene que el nuevo protocolo produce una "innovación no poco relevante del régimen jurídico actualmente en vigor" y aunque la justificación del Ejecutivo regional es que se diseña en interés de los menores es "difícil negar" que los nuevos criterios van a comprometer la entrega de los menores a las autoridades autonómicas.

Entre ellos detalla la comunicación previa a efectos de disponibilidad de plazas de acogida; fijar lugar de entrega y recepción e intervención de funcionarios públicos; documentación individualizada del menor en el momento de la recepción o comprobación de documentación e identidad del menor no acompañado para su recepción.

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"Alteración relevante" del marco normativo

Por ello, el auto expone que esta "alteración relevante" del actual marco normativo "aconseja" mantener el sistema que se ha venido utilizando hasta ahora.

"No cabe perder de vista, en efecto, la repercusión que es susceptible de desplegar la aplicación del Protocolo sobre un colectivo tan especialmente sensible y vulnerable como es el de los menores al que van dirigidas las actuaciones contempladas en el mismo", remarcan desde la Sala.

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Así, entiende que es bueno aplicar un "principio de elemental cautela" al tiempo que recomienda "la búsqueda de espacios de encuentro que propicien el logro de actuaciones coordinadas en el marco de un clima de lealtad y colaboración institucional que se antoja indispensable para abordar el fenómeno de la inmigración irregular y su singularísimo impacto que tiene en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias".

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