Referéndum 1-O El TC suspende el referéndum del 1-O y lo notificará a un millar de alcaldes y altos cargos catalanes
Por unanimidad, admite a trámite todos los recursos del Ejecutivo central contra la consulta independentista, normas que quedan suspendidas de manera cautelar. Pero rechaza abrir la vía penal contra Puigdemont y su Gobierno.
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MADRID, Actualizado:
El referéndum independentista del 1 de octubre ha quedado suspendido de manera cautelar este jueves, porque el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite los recursos del Gobierno contra la ley del Parlament que lo aprueba, el decreto de convocatoria y sus normas complementarias, así como la creación de una “Sindicatura Electoral” en lugar de la Junta Electoral Central.
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Así lo han adelantado a Público fuentes del TC. Los acuerdos han sido aprobados por la unanimidad del Pleno en los cinco recursos presentados por el Gobierno central, ya que el TC admite también a trámite el incidente de ejecución de sentencia por la ley de transitoriedad que prevé la desconexión de Catalunya si gana el "sí" en el referéndum.
Además, el alto tribunal ha acordado notificar la suspensión cautelar del referéndum a un millar de altos cargos y funcionarios catalanes, entre los que se encuentran los 947 alcaldes catalanes, la presidenta y miembros de la Mesa del Parlament y los integrantes del Govern.
El acuerdo también será notificado a las autoridades implicadas en una consulta, entre las que se encuentra el director general de los Mossos.
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Esta notificación, solicitada también por el Ejecutivo, supone un apercibimiento de las consecuencias legales en que incurrirían de incumplir la suspensión cautelar del referéndum del1-O.
Rechaza abrir la vía penal contra Puigdemont
Sin embargo, el Pleno del TC reunido de urgencia ha rechazado deducir testimonio contra el Govern ha sido solicitada por el Gobierno, según las fuentes consultadas por Público.
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Esto es, ha rechazado abrir la vía penal contra Carles Puigdemont y su consejo de Gobierno, en contra de lo que pedía el Ejecutivo central por incumplir el mandato legal según el cual 'todos los poderes públicos están obligados a cumplir lo que el Tribunal Constitucional resuelva'", según el recurso contra la convocatoria del referéndum del 1 de octubre presentado ante el TC.
El TC nunca ha deducido testimonio al inicio de un procedimiento y sin haber oído a los implicados, indican las mismas fuentes.
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Por su parte, la Fiscalía ya había abierto este jueves la vía penal, con el anuncio de la interposición de querellas contra los miembros del Govern y de la Mesa del Parlament por tramitar la ley del referéndum del 1-O y convocar la consulta.
Así lo ha anunciado el Fiscal General del Estado, José Manuel Maza. Las querellas se interpondrán ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJCat) por "al menos" los delitos de desobediencia, prevaricación y malversación de fondos públicos.
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La Constitución prevé la suspensión cautelar de toda norma autonómica cuando es recurrida por el presidente del Gobierno y éste lo solicita en la demanda, como se ha hecho en los cuatro recursos presentados ante el alto tribunal por la Abogacía del Estado.
Ahora se abre un plazo no superior a cinco meses para que el TC resuelva el fondo del litigio sobre la legalidad de la consulta indepedentista, tramitada en el Parlament con los votos de Junts pel sí y la CUP y en contra de la prohibición del alto tribunal.
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Artículos vulnerados
Los cuatro recursos presentados por la Abogacía del Estado ante el TC consideran que el Parlament y el Govern han vulnerado ocho artículos de la Constitución y tres del Estatut catalán, informa Confilegal.
Estos serían los artículos de la Constitución supuestamente vulnerados por el Parlament y el Govern, según la Abogacía del Estado:
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Artículo 1: (...) La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.
Art. 2: "La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas".
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Art. 9.1: "Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico".
Art. 23: "Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal..."
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Art. 81: "Son leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución.La aprobación, modificación o derogación de las leyes orgánicas exigirá mayoría absoluta del Congreso, en una votación final sobre el conjunto del proyecto".
Art. 92.3: "Una ley orgánica regulará las condiciones y el procedimiento de las distintas modalidades de referéndum previstas en esta Constitución".
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Art. 149.1.32ª: El Estado tiene la competencia exclusiva sobre... Autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum".
Artículo 168: regula el procedimiento para reformar la Constitución de los artículos del Título Preliminar por mayoría reforzada y con referéndum final.
Estos son los artículos del Estatut que el Gobierno acusa de que han sido vulnerados:
Artículo 1: "Catalunya, como nacionalidad, ejerce su autogobierno constituida en Comunidad Autónoma de acuerdo con la Constitución y con el presente Estatuto, que es su norma institucional básica".
Art. 2.4: "Los poderes de la Generalitat emanan del pueblo de Catalunya y se ejercen de acuerdo con lo establecido en el presente Estatuto y la Constitución".
Art. 3.2: "Catalunya tiene en el Estado español y en la Unión Europea su espacio político y geográfico de referencia e incorpora los valores, los principios y las obligaciones que derivan del hecho de formar parte de los mismos".