Este artículo se publicó hace 4 años.
¿Sigues en fase cero? Qué se puede hacer y qué ha cambiado en esta etapa
Público recopila las principales medidas decididas por el Ministerio de Sanidad para aquellas zonas que siguen en la fase 0
Sevilla-Actualizado a
La llamada fase 0 es el periodo en el que está inmersa todavía casi media España. ¿Qué es lo que se puede hacer en las provincias y distritos sanitarios que aún permanecen en esa fase? Diversas órdenes del Ministerio de Sanidad lo regulan.
Salidas y horarios
Las salidas están permitidas de manera individual y dentro del municipio en el que se habite para trabajar, pasear al perro, hacer la compra e ir a la farmacia. También se permite la atención de huertos familiares, de autoconsumo, municipales, siempre que estén en el mismo término municipal que el del domicilio, o uno adyacente al mismo y se adopten las debidas precauciones higiénicas debidas.
Como novedad, las órdenes de Sanidad permiten la apertura al público de cualquier comercio que tenga una superficie de menos de 400 metros. Pero no pueden atender con normalidad, sino que solo podrán dar el servicio con cita previa. Las tiendas que estén en grandes superficies y no tengan acceso propio al exterior no pueden abrir.
Estos comercios están obligados a llevar a cabo tareas limpieza y desinfección dos veces al día, una al final de la jornada. Todos los locales deberán contar con papelera con tapa y con dispensadores de gel hidroalcohólico. No se permite el uso de los baños. Los probadores se desinfectarán tras cada uso.
La recogida de productos debe hacerse escalonadamente y sin aglomeraciones. Solo puede haber un cliente por trabajador y debe respetarse la separación de al menos dos metros, que pasa a ser de uno si hay mamparas o cristales.
Los paseos con menores y con personas dependientes y las salidas para hacer deporte están permitidas en los franjas que ha fijado el ministerio de Sanidad.
Estos son los horarios que las Comunidades Autónomas, en función de su climatología podrían modificar: entre las 6:00 y 10:00 de la mañana y entre las 20:00 y 23:00 de la noche, para practicar deporte.
Los menores de 14 años entre las 12.00 del mediodía y las 19.00 horas.
A las personas mayores de 70 años o dependientes que precisen compañía de cuidadores, se les reserva el horario entre las 10.00 y las 12.00 horas, por la mañana, y entre las 19.00 y 20.00 horas de la tarde. Durante esta franja horaria, los comercios deben mantener una atención preferente para mayores.
En municipios de menos de 5.000 habitantes no se aplican las franjas horarias porque se ve innecesario, porque el objetivo de los horarios es el de evitar aglomeraciones que faciliten la expansión del coronavirus.
Uso del coche y moto
El uso del coche está regulado también. Está limitado a los trayectos anteriormente mencionados. Si todos los viajeros viven juntos, puede ir sin mascarilla. Si alguno de los usuarios vive en otro domicilio, las reglas se modifican: dos pasajeros por fila y con mascarilla.
El asiento del copiloto está vetado para taxis y VTC. EL resto de plazas se pueden ocupar, si los viajeros viven juntos. Si no, dos personas por fila. En vehículos con solo una fila de asientos pueden viajar dos con mascarillas.
En el caso de las motos, si las dos personas viven juntas o se usa un casco integral se pueden utilizar las dos plazas. En el caso de motos de alquiler, es obligado usar guantes. Sirven los de moto.
Transporte público
El servicio de cercanías de ámbito estatal se puede usar en función de la demanda, pero, eso sí, tratando de garantizar la máxima separación posible entre las personas.
Tanto en autobuses como en trenes en los que se viaje sentado, debe dejarse un asiento vacío entre viajeros, salvo que ambos vivan juntos. En el caso de los autobuses, debe dejarse vacía la fila que queda por detrás del conductor.
Si hay gente de pie, solo se puede ocupar la mitad de las plazas de asientos y no más de dos personas por metro cuadrado de pie. En la distribución de la ocupación se debe prestar especial atención a la habilitación de espacios para personas con discapacidad.
Deportistas profesionales
Las órdenes de Sanidad regulan también el entrenamiento de deportistas profesionales. Quienes estén calificados de alto nivel o de interés nacional por el Consejo Superior de Deportes podrán entrenar al aire libre, con entrenador –ambos deben mantener la distancia– y con deportista acompañante en el caso de deporte adaptado –aquí debe usarse mascarillas y las medidas necesarias para evitar el contacto–. Siempre dentro de la provincia.
El resto de federados pueden entrenar en solitario dentro del municipio y en la franja horaria habilitada para el deporte, la cual pueden utilizar en su integridad.
Apertura de archivos
Se permite la consulta de archivos, con prioridad para las telemáticas. Los investigadores pueden consultar de forma presencial hasta diez documentos. Luego, quedan en cuarentena y nadie puede acceder a ellos durante diez días. Los investigadores deben además usar sus propios portátiles.
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