Prisión permanente revisable Por qué la cadena perpetua encubierta no evita los delitos, como vende la derecha
La derecha se entrega al populismo punitivo, mientras expertos y estudios desmontan su discurso sobre las supuestas bondades de la prisión permanente revisable. En España se dan las penas más duras de la UE; hay un 34% de personas encarceladas por encima de la media europea, pese a que la tasa de delincuencia es un 27% más baja.
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MADRID,
Una vez más, un asesinato machista ha vuelto a sacudir un país, sirviendo a la derecha liderada por el PP para entregarse, de nuevo, al populismo punitivo. Mientras se conocían los últimos detalles del asesinato de Laura Luelmo, el Partido Popular y Vox aprovechaban para vender las bondades de la prisión permanente revisable, la pena que los conservadores intentaron endurecer aún más en marzo de este mismo año, apoyados por Ciudadanos.
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Sin embargo, los datos y los expertos consultados por Público desmontan el relato tan repetido al calor de éste y otros crímenes, poniendo de relieve que esta pena no cumple con su supuesto cometido, y que la derecha y la ultraderecha omiten deliberadamente importantes claves cuando se vuelcan en su defensa.
Es cadena perpetua, aunque digan lo contrario
"Es una cadena perpetua encubierta", asegura el portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia
La RAE define la cadena perpetua como la “pena aflictiva que duraba como la vida del condenado”, y como “pena aflictiva cuya gravedad sólo es menor que la de la pena de muerte”. La pena implantada por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2015, que dejo al PP solo votando a su favor, se ha querido denominar prisión permanente revisable, pero cuadra con la definición de cadena perpetua.
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“Es una cadena perpetua encubierta”, asegura a este diario Ignacio González Vega, portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia. “Y si no fuera revisable sería directamente inconstitucional”, apunta.
Que los familiares de estas víctimas exijan las penas más duras es, cuanto menos, comprensible, como reconocen distintos expertos en materia jurídica o psicológica
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Por otro lado, tampoco puede considerarse menor la trampa que encierra la palabra “revisable”. Mientras que en España no puede estudiarse la modificación de condenas antes de los 25, o incluso los 35 años de cumplimiento -dependiendo de la gravedad del delito-, en otros países europeos es posible beneficiarse de la libertad condicional a los siete años (Irlanda); 10 años (Suecia y Suiza), 12 años (Chipre, Dinamarca y Finlandia); 15 años (Austria, Alemania, Bélgica, Liechtenstein, Luxemburgo y Macedonia); 18 años en Francia y 20 en Bulgaria, Grecia, Hungría, República Checa y Rumanía. Las cifras fueron recopiladas por Enrique Gimbernat, Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Complutense de Madrid, en un artículo publicado por el diario El Mundo en junio de este mismo año año.
No ha evitado el asesinato de Laura Luelmo…
La pugna entre formaciones de derechas les ha llevado estos días a referirse a la cadena perpetua encubierta como una medida que "salva vidas", en palabras del secretario general del PP, Teodoro García Egea. El líder de su partido, Pablo Casado, llegó a aludir al asesinato de la joven profesora ante el pleno del Congreso de los Diputados para convencer de las bondades de esta pena .
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Lleva tres años en vigor, y pese a ello no ha impedido el asesinato de Laura Luelmo o del pequeño Gabriel Cruz
Lo que Casado y García Egea prefirieron obviar es que la cadena perpetua encubierta lleva tres años en vigor, y pese a ello no ha evitado el asesinato de Luelmo, como tampoco impidió el del pequeño Gabriel Cruz –otro de los homicidios ante los que el PP defendió esta medida-. Teóricamente, en ambos casos se podría aplicar la prisión permanente revisable, pero, desgraciadamente, esto no ha servido para evitar ninguno de los dos crímenes.
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Nadie deberÃa de tener miedo a salir a correr o a la calle solo.
— Teodoro GarcÃa Egea (@TeoGarciaEgea) 20 de diciembre de 2018
La #PrisiónPermanenteRevisable salva vidas, esta medida es una exigencia que hemos mantenido durante mucho tiempo y que la sociedad española está pidiendo. pic.twitter.com/5BLLlP8Phq
… ni las peores penas disuaden a los asesinos
Que los familiares de estas víctimas exijan la aplicación de las penas más duras es, cuanto menos, comprensible, como reconocen distintos expertos en materia jurídica o psicológica. Sin embargo, que la derecha y la ultraderecha afirmen sin rubor que el mero endurecimiento de las penas sirve para acabar con estos delitos no se sostiene.
"No tiene capacidad disuasoria. En materia de sanciones, más no es más", afirma García Pérez
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"Es evidente que no sirve como medida disuasoria. Basta ver el ejemplo de países en los que el índice de criminalidad es alto, a pesar de tener legislaciones penales que contemplan la pena de muerte", sostiene González Vega. "Una vez se comete un crimen execrable esto ya no tiene remedio, y condenar a cadena perpetua a un sujeto no resuelve el problema. Tampoco tiene capacidad disuasoria. En materia de sanciones, más no es más", apunta Octavio García Pérez, catedrático de Derecho Penal en la Universidad de Málaga.
Bueno Guerra: "Los datos demuestran que este tipo de penas no sirve para prevenir delitos"
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"Los datos demuestran que este tipo de penas no sirve para prevenir delitos. Nuestros centros penitenciarios, además, no disponen de recursos humanos suficientes para abordar la reinserción que busca nuestra legislación", subraya Nereida Bueno Guerra, coordinadora académica de Criminología de la Universidad Pontificia de Comillas.
Sin ir más lejos, el informe State of Recidivism; The Revolving Door on America’s prisions, que rubrica The Pew Center of the States, fechado en 2011, documenta cómo el aumento de encarcelamientos en EEUU ha llevado a que en 2008 "uno de cada 100 adultos norteamericanos estuviera tras los barrotes". El mismo estudio establece que el 45,4% de los encarcelados (1999), y el 43,3% (en 2004), volvieron a prisión tras reincidir en la comisión delictiva o violar los términos de su libertad condicional en un periodo de sólo tres años.
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EEUU, con pena de muerte y cadena perpetua, registra 4,9 homicidios por cada 100.000 habitantes, frente a los 0,7 que ocurren en España
Todo, pese a que en una treintena de estados se aplica la pena de muerte –cuyos partidarios han crecido tras la llegada al poder de Donald Trump, según el mismo centro-. O que en EEUU hay cerca de 3.000 menores cumpliendo cadena perpetua (datos de 2015).
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Y nada de esto le impide registrar un número de homicidios muy superior al que se registra en España: Según el Banco Mundial, en 2015 se contabilizaron 4,9 homicidios intencionados por cada 100.000 habitantes en EEUU, frente a los 0,7 que tuvieron lugar en España en la misma fecha, por debajo de los registrados en Francia, Suecia, Australia, Portugal, Alemania, Grecia, Italia o Irlanda.
Además, el mismo estudio documenta que, entre 2001 y 2011, 19 estados redujeron sus tasas de encarcelamiento, y a la vez todos ellos vieron reducirse sus índices de criminalidad. Por citar más ejemplos, y como recogía Gimbernat en el citado artículo, la supresión de la pena de muerte para los delitos de violación coincidió con un descenso en este tipo de crímenes. Y en Inglaterra no aumentó la comisión de los delitos castigados con la pena capital cuando, en 1957, esta dejó de aplicarse.
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España ya tiene las penas más duras de la UE
Antes de la llegada de la cadena perpetua revisable, el endurecimiento del Código Penal español a través de innumerables reformas ya había elevado hasta cuarenta años el periodo máximo durante el que se puede privar de libertad a una persona –además de dificultar el acceso a los beneficios penitenciarios-; de nuevo, muy lejos de lo que ocurre en países del entorno. Según las cifras del Consejo de Europa, a finales de 2014 el tiempo de estancia media en prisión en España era de 17 meses, frente a los ocho de Alemania y Bélgica, los 2,8 de Holanda o los 13 de Italia.
A finales de 2014 el tiempo de estancia media en prisión en España era de 17 meses, frente a los ocho de Alemania y Bélgica y los 2,8 meses de Holanda
A su vez, el informe anual de Estadísticas Penitenciarias del Consejo de Europa recoge que el periodo de encarcelamiento en España también es superior al de la media europea: más del 22% de los reclusos están cumpliendo condenas de más de 10 años, frente a la media del 15%. España también está en la cúpula de esta categoría, sólo por detrás de Italia.
Incluso, el Estudio sobre la Realidad Penal y Penitenciaria 2015, elaborado por la Red de Organizaciones Sociales del Entorno Penitenciario (ROSEP), alertaba del incremento de personas encarceladas en nuestro país desde la llegada de la democracia, y con respecto al franquismo. "Es terrible comprobar cómo nuestro actual sistema penal democrático encarcela a casi 7 veces más ciudadanos y ciudadanas que el sistema totalitario franquista anterior. En 1975 había 8.440 personas presas en España, mientras que en 2015 hay 61.614. Proporcionalmente hemos pasado de 23 a 133 personas presas por cada 100.000 habitantes".
España tiene más presos, pero menos criminalidad
La tasa de delincuencia española es un 27 % inferior a la media, muy por debajo de países considerados muy seguros, como Suecia, Dinamarca o Finlandia
El mismo informe documenta que el número de personas privadas de libertad en nuestro país es de 133 por cada 100.000 habitantes, un 34% por encima de la media europea. Sin embargo, la tasa de delincuencia española es un 27 % inferior a la media, y está muy por debajo de países considerados muy seguros, como Suecia, Dinamarca o Finlandia. “Si nos fijamos en nuestra tasa de criminalidad y en la media europea, la mitad de nuestra población carcelaria debería estar en libertad”, explicó a este diario Álvaro Crespo, secretario técnico de la ROSEP.
"¿Cómo es posible que, teniendo uno de los índices de criminalidad más bajos de la UE, tengamos casi la mayor tasa de permanencia en prisión?” cuestiona Bueno Guerra.
A mayor pena, más difícil reinserción
Es la pescadilla que se muerde la cola. Todos los expertos consultados reconocen que una mayor condena no garantiza la reinserción del recluso, sino más bien lo contrario. "Está demostrado que las condenas de larga duración no son efectivas, destruyen a las personas, destruyen la personalidad. Pasar 10 o 15 años en la cárcel ya provoca severos daños a las personas", apunta García Pérez.
De hecho, algunos estudios atribuyen a las medidas penales alternativas -como acompañantes de la privación de libertad- una tasa de reincidencia claramente inferior a la que se documenta entre la media de quienes simplemente se ven entre rejas. Así, el estudio Tasa de Reincidencia Penitenciaria 2014, del Centre d'Estudis Jurídics i Formació Especialitzada, dependiente de la Generalitat de Catalunya, establece en el 30,2% la tasa de reinserción de los presos catalanes. No obstante, este indicador baja hasta el 18,1% en el caso de las personas que se han beneficiado de un tercer grado, y hasta el 11,6% entre quienes han salido en libertad condicional.
Baja autoestima, ansiedad, insomnio, riesgo de psicosis o depresión son algunas de las patologías más comunes entre los presos que afrontan las condenas más largas
Como psicóloga, Bueno Guerra se suma a este razonamiento: a mayor condena, más dificultades para la reinserción. En una mesa redonda recientemente celebrada en la Universidad de Comillas, Bueno denunció que las condenas de larga duración dan lugar a que los presos "pasen por un proceso de prisionización", perjudicial "para su salud psicológica y su futura reinserción social" –teóricamente, función de toda condena-.
La lista de patologías que habitualmente padecen los presos que afrontan las condenas más duraderas es considerable: baja autoestima, ansiedad, insomnio, somatizaciones, síndrome amotivacional, disfunción sexual, riesgo de psicosis, depresión y despersonalización, detallaba la coordinadora académica de Criminología de este centro. Y esto se vería agravado con el caso de la prisión permanente revisable, que no permite que el recluso en cuestión tenga seguridad sobre su posible salida en el futuro, a años vista, lo que puede derivar en depresión y suicidio.
Tampoco son los delitos con más reincidencia
El Boletín número 31 de la Asociación de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, fechado en 2015, lamenta la ausencia de más estudios sobre la reincidencia delictiva en España, pero aporta varios datos sobre los indicadores hoy disponibles. Según uno de estos informes (L. Rodríguez, 2014), centrado en los casos de cinco países (España, Canadá, Alemania, Reino Unido y Estados Unidos), la tasa de reincidencia promedio se situó en el 40,25% durante un periodo de cuatro años.
Específicamente, la reincidencia violenta se quedó en el 17,95%, y la reincidencia en delitos sexuales en el 7,95%. A su vez, otro estudio realizado específicamente en cárceles catalanas arrojó una tasa de reincidencia de entre el 8 y el 12% en delitos sexuales-“parecida a la de otros países europeos”-, también en seguimientos de cuatro años (Redondo, Navarro, Martínez ,Luque ¬Andrés Pueyo, 2005).
Por el contrario, la mayor tasa de reincidencia suele darse en los delitos contra el patrimonio, como recuerda Bueno Guerra: "Ronda el 32%, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE)".
La Constitución enfoca la prisión hacia la "reeducación"
Por otra parte, ni siquiera está claro que la prisión permanente no vulnere lo dispuesto en la Carta Magna. El Tribunal Constitucional debe aún pronunciarse sobre el recurso presentado en 2015 por todas las fuerzas políticas que entonces estaban en la oposición en la Cámara Baja (PSOE, Izquierda Unida, PNV, UPyD, los partidos catalanes, etc).
La Constitución, sobre las penas de cárcel: "Estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social"
Y, a pesar de los postulados de la derecha política y mediática, el artículo 25 de la Ley de Leyes marca claramente la orientación y los límites para las penas privativas de libertad: "Estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social"; "El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad", apunta la Carta Magna.
Esto incluye lo dispuesto en el artículo 15, que recoge expresamente la prohibición de que, "en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes”.
“Hay un problema de legitimidad, de si es legítimo tratar de la misma manera a personas que han cometido delitos execrables. En el Estado de Derecho, los que cumplimos la ley tenemos ventaja sobre los que no la cumplen, no nos comportamos como ellos. Desde esa perspectiva no sería legítima la prisión permanente revisable. Nos coloca al mismo nivel que a los que cometen los hechos crueles”, resume García Pérez.
Por su parte, en la intervención mencionada, Bueno argumentó incluso que, en base a la estricta definición del concepto de tortura incluido en el Protocolo de Estambul, publicado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), las condenas de larga duración podrían ser consideradas per se como un ejemplo de tortura. La definición literal reza: "Se entenderá por el término 'tortura' todo acto por el cual se inflijan intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No se considerarán torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a estas".
En cualquier caso, los expertos consultados coinciden: para prevenir la delincuencia, para obtener mejores resultados y reducir las tasas de reincidencia, las penas más largas pueden ser contraproducentes, y en cualquier caso es necesario destinar más recursos económicos: "La justicia social es lo que evita la delincuencia. En lugar de invertir en prisiones, deberíamos invertir en sacar a los niños de las calles", apunta García Pérez.
"Un hospital no podría dar una buena atención a 1.000 personas con únicamente tres médicos", apostilla Bueno. "En este caso hay que atender a 59.000 presos, y hay muy pocos gobiernos lo bastante valientes como para invertir en culpables", lamenta.