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Actualizado:Iñaki Urdangarin entró este lunes en prisión después de que el Tribunal Supremo le condenara a cinco años y diez meses de cárcel por su participación en el caso Noós. El fallo del alto tribunal refiere, de forma específica, que el cuñado del Rey Felipe VI utilizó su “posición privilegiada” como “un trampolín” para el desarrollo de sus actividades delictivas. Su encarcelamiento es un nuevo episodio trágico para una Monarquía a la deriva, acostumbrada en los últimos años a bregar con distintos escándalos que tensionaron de forma recurrente al estamento monárquico tanto por su funcionamiento institucional como por el comportamiento individual de algunos de sus integrantes.
Llegados a un punto en el que el marido de la infanta Cristina de Borbón se encuentra en prisión y ésta condenada como partícipe a título lucrativo, cabe preguntarse si el ordenamiento jurídico español prevé algún tipo de mecanismo para evitar que las personas situadas en los distintos eslabones de la cadena sucesoria puedan acceder a puestos de importancia en la Casa Real en caso de ser merecedores de algún tipo de reproche.
De acuerdo con el artículo 57.1 de la Constitución de 1978, la Corona de España es hereditaria en los sucesores de Juan Carlos I siguiendo un orden regular de primogenitura en el que priman los grados de parentesco más próximos a los más remotos, con posición preferencial para el varón sobre la mujer. En virtud de ese esquema, la infanta Cristina ocupa actualmente el sexto puesto en la línea sucesoria por lo que, si se dan una serie de circunstancias –cabe decir que bastante remotas–, Urdangarin podría ser rey consorte o incluso regente.
“Sólo hay un caso en el que Urdangarin podría ser Jefe de Estado, aunque es prácticamente imposible, ya que tendrían que morir o quedar inhabilitadas nueve personas”, explica Yolanda Gómez, catedrática de Derecho Constitucional de la UNED. Para llegar a ese escenario, las personas que tendrían que fallecer o quedar inhabilitadas son el Rey Felipe VI, la Princesa de Asturias, la infanta Sofía, la infanta Elena junto a sus dos hijos y, finalmente, la infanta Cristina y sus dos hijos mayores de edad. De esa manera, Urdangarin podría llegar a actuar como Regente de alguno de sus otros dos hijos mientras estos sean menores de edad. “Esa posibilidad no tiene visos de realidad, pero otra cosa distinta es que la infanta Cristina sigue estando en el orden de sucesión, ya que no renunció”, añade la jurista.
“Sólo hay un caso en el que Urdangarin podría ser Jefe de Estado, aunque es prácticamente imposible, ya que tendrían que morir o quedar inhabilitadas nueve personas"
La renuncia de la infanta Cristina a sus derechos sucesorios, que también afectan a los de sus hijos, solo puede producirse por su propia voluntad, ya que no hay institución alguna que pueda obligarla a ello. “Tanto la abdicación como las renuncias son a instancias de los particulares afectados, ya que los ceses en el orden de sucesión no están previstos debido a que estar en ese orden no te otorga un derecho, sino una expectativa de derecho”, señala Gómez. En consecuencia –concluye la jurista– los representantes de la soberanía popular en las Cortes Generales “no pueden hacer nada retirar a alguien del orden de sucesión”, por lo que si se dan las circunstancias para ello, Iñaki Urdangarin podría ser rey consorte incluso desde el presidio.
No obstante, Yolanda Gómez señala que sí cabría la posibilidad de que una vez en coronada, apelando al artículo 59.2 de la Constitución, las Cortes consideraran a la infanta Cristina como inhabilitada para el ejercicio de su autoridad. De esa manera quedaría instaurada de inmediato una Regencia en el príncipe o princesa heredera o, en caso de no haberlo, las Cortes deberían designar a una o varias personas para la tarea. En cualquier caso, Gómez destaca que estas son “hipótesis de laboratorio”, ya que un reinado de la infanta Cristina con Urdangarin de consorte es “impensable” no sólo por la cantidad de gente que tendría que morir sino porque “sería inviable que el pueblo español aceptara a una reina con ese historial de problemas judiciales”.
"La figura del consorte no está blindada"
"Si quien hubiera delinquido fuese directamente un heredero sería mucho más complejo"
El hecho de que no se hayan desarrollado leyes orgánicas para los procesos de sucesión en la corona hace que los juristas no coincidan a la hora de anticipar cómo se procedería en los hipotéticos casos antes expuestos. Víctor Vázquez, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla, cree que las Cortes Generales sí tendrían margen de actuación para impedir el ascenso de la infanta Cristina al trono y, sobre todo, para condicionar la posición de Urdangarin. “Si quien hubiera delinquido fuese directamente un heredero sería mucho más complejo, pero como Urdangarin no lo es, la figura del consorte no está blindada, por lo que puede ser producto de regulación extraconstitucional a través de las Cortes Generales”, señala Vázquez.
A su modo de entender, el artículo 57.5 de la Constitución podría ser la herramienta para que las Cortes Generales actuaran ante supuestos en los que un potencial rey consorte no fuese digno de la confianza para el ejercicio de funciones representativas. “No hay una oposición expresa de la Constitución a generar un estatuto jurídico que lo desactive mediante, por ejemplo, una ley orgánica”, apunta.
La pregunta de si Urdangarin podría llegar a ser Rey consorte desde la prisión, más allá de referirse a su posible acceso a una posición de consorte o regente como una realidad plausible, nos alerta –en opinión de Vázquez– sobre los problemas que podría generar que una circunstancia así se diese en alguien colocado “en la pole position sucesoria”. Según su análisis, en esos casos no habría mecanismos para evitar la sucesión “salvo que interpretemos que el 57.5 admite proponer dudas sobre la sucesión en personas que hayan tenido conductas reprochables desde el punto de vista del proceso penal”. En cualquier caso, admite que es una cuestión “abierta” y que el Tribunal Constitucional se tendría que pronunciar al respecto.
“El pueblo es el que dice quién es Rey”
En línea con la tesis de que las Cortes Generales podrían detener un proceso sucesorio se sitúa Fernando Oliván, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Rey Juan Carlos y autor del libro Para una lectura radical de la Constitución de 1978. “La Constitución no dice en ningún sitio que la señora Cristina de Borbón tenga unos derechos sucesorios, porque no son derechos de la persona”, comenta.
Este jurista, que propone una lectura “luterana” del texto constitucional, recuerda que “el único que es soberano en este país es el pueblo” y, por tanto, “el pueblo es el que dice quién es el Rey y quién es su jefe de Estado”. Aunque la Constitución pone a Juan Carlos de Borbón como punto de partida para establecer la línea sucesoria a la Jefatura del Estado, Oliván interpreta que, atendiendo al principio de soberanía popular, “ninguna institución tiene la titularidad del poder, ni una institución puede ser titularidad de una familia”.
En ese sentido, Oliván destaca que el artículo 57 de la Constitución establece que la corona es hereditaria, pero “en ningún caso se habla de vínculo biológico y tampoco hace referencia a la estructura hereditaria del Código Civil, que no distingue entre géneros”. Se trata, por lo tanto, de “una sucesión hereditaria sui generis” que hace referencia “al espacio político” y “por ello su diseño compete en exclusiva al pueblo”.
Ahondando en esa idea, Olván apunta que “el pueblo puede apartar a las personas situadas en la línea sucesoria”. Para ello, “bastaría con que sus representantes en Parlamento se reunieran y dijeran quién es el sucesor mediante una ley orgánica o incluso ordinaria”. “El Parlamento, como representación de la soberanía, lo puede todo”, concluye.
En definitiva, la posibilidad de que la infanta Cristina pueda llegar a ser Reina tras ser condenada como partícipe a título lucrativo en el caso Noós es remota, pero legalmente viable si se dan una serie de circunstancias que inhabiliten a las personas situadas delante de ella en la línea sucesoria. Lo mismo ocurre en el caso de Iñaki Urdangarin, que podría llegar a ser consorte de Cristina o incluso regente de sus hijos. No obstante, en ambos casos, los expertos señalan la existencia de vías de actuación para que las Cortes Generales les aparten de la jefatura del Estado si hay voluntad política para ello. En cualquier caso, estas vías son tan inéditas como el hecho de tener personas condenadas en la Casa Real, por lo que el resultado de transitar esas vías se antoja, como poco, incierto.
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