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La jueza rechaza procesar por organización criminal el 1-O a ex altos cargos del Govern

Entiende que carecían de la "infraestructura adecuada para realizar un plan criminal" y que no les unía un "acuerdo asociativo duradero".

Agentes de la Policía Nacional, en el IES Tarragona durante el 1-O en Catalunya. EFE/Jaume Sellart

EFE

La jueza que investiga los preparativos del 1-O ha descartado procesar por organización criminal a 28 de la treintena de investigados, entre ellos ex altos cargos del Govern, al entender que carecían de la "infraestructura adecuada para realizar un plan criminal" y que no les unía un "acuerdo asociativo duradero".

En un auto, al que ha tenido acceso Efe, la titular del Juzgado de instrucción número 13 de Barcelona desestima el recurso de la Fiscalía, que pedía procesar por organización criminal a la mayoría de investigados por la logística del 1-O, y mantiene la fianza de 5,8 millones que impuso a los 17 acusados de malversación.

En concreto, la Fiscalía planteaba añadir organización criminal a los delitos de malversación, prevaricación, desobediencia, falsedad documental y revelación de secretos por los que la juez procesó a ex altos cargos, técnicos y empresarios presuntamente involucrados en la logística del referéndum, entre ellos ex secretarios generales de Presidencia, Trabajo, Patrimonio y Relaciones Internacionales o la cúpula de la radio y la televisión catalanas.

La jueza rechaza incluir ese delito en el auto de procesamiento, pero recuerda a la Fiscalía y a la acusación popular ejercida por Vox que ello no les vincula, por lo que podrán atribuir organización criminal a los imputados en sus respectivos escritos de calificación, previos al juicio. Para la magistrada, de la investigación practicada no se desprende que los procesados contasen con "la infraestructura adecuada para realizar un plan criminal, ni que existiese un acuerdo asociativo duradero y no puramente transitorio", requisitos que exige el delito de organización criminal, penado con hasta ocho años de cárcel.

Además, la jueza resalta que durante la instrucción de la causa no se ha advertido a ninguno de los procesados de que se les investigaba "por formar parte de una organización criminal de, como mínimo, dos personas que de manera estable o por tiempo indefinido se dedicaban a cometer delitos".

La jueza mantiene la fianza de 5,8 millones de euros que fijó en su día a los 17 procesados por malversación, cantidad ya pagada y que las defensas recurrieron con el argumento de que no podía ser superior a los 2,1 millones de euros impuestos como responsabilidad civil a los líderes independentistas juzgados en el Tribunal Supremo. "Nada más lejos de la realidad", subraya la instructora en relación a ese argumento, tras lo que recuerda que no está vinculada "por las decisiones tomadas por otros juzgados en procedimientos distintos" y apunta que su objetivo es garantizar las responsabilidades económicas derivadas de la malversación, que no estarían aseguradas si el Supremo absuelve a la cúpula del procés.

Respecto a la desproporción que alegaron algunas defensas por el carácter solidario de la fianza impuesta, la juez sostiene que es consecuencia del hecho de que "todos actuaron conjunta y concertadamente" para desviar presuntamente los gastos del 1-O.

El auto rechaza también el recurso presentado por la defensa del director de Catalunya Ràdio, Saül Gordillo, quien alegó que dos directivos de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales (CCMA) le tendieron una "trampa" y le presionaron para que asumiera responsabilidades que no tenía sobre la emisión de los anuncios del 1-O.

La jueza considera que los whatsapp que aportó la defensa de Gordillo para apuntalar su tesis no desvirtúan los indicios de desobediencia, porque en esos mensajes afirmó que no veía "problema" en el contenido del anuncio del 1-O y, finalmente, dijo no tener "objeción" a que se emitiera el anuncio, "dentro de sus competencias".

En su resolución, la magistrada descarta también la petición de la Fiscalía de que se procese por desobediencia a la directora de la Autoridad Catalana de Protección de Datos, María Àngels Barbarà, por no actuar ante las denuncias que recibió por el uso del censo del 1-O, y recalca que la investigada "sí pidió información" a la Fiscalía y al juzgado sobre si debía suspender los expedientes a la espera de que se resolviera el proceso penal.

Por el contrario, la jueza estima los recursos presentados por la Fiscalía y las defensas y exculpa del delito de desobediencia por el que fueron procesadas a la ex secretaria general de Gobernación Meritxell Massó y a la exresponsable del área de procesos electorales de esa consellería Montserrat Vidal, así a como Josep Maria Gispert, gerente de una imprenta que presuntamente confeccionó las actas del 1-O.

En el caso de Massó, la juez recalca que fue estuvo de baja hasta julio de 2017, cuando las competencias en procesos electorales pasaron al Departamento de Vicepresidencia, y en el de Vidal admite que no consta que participara en la organización del 1-O "ni que tuviese capacidad para impedir su preparación".

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