El juez absuelve al PP y a sus tres empleados de la destrucción de los ordenadores de Bárcenas por falta de pruebas
Considera que en el juicio no ha quedado probado este delito. Tampoco ha quedado probado el delito de encubrimiento, con el que se acusaban al jefe de la asesoría jurídica, a la extesorera y al jefe de Informática en 2013, cuando se destruyeron los discos duros.
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MADRID, Actualizado:
El juez de lo penal número 31 de Madrid, Eduardo Muñoz de Baena, ha absuelto por falta de pruebas al Partido Popular , a su gerente Carmen Navarro, a su jefe de la asesoría jurídica, Alberto Durán, y al jefe de Informática del partido, José Manuel Moreno, del delito de daños informáticos de los que habían sido acusados por la destrucción de dos ordenadores del extesorero Luis Bárcenas en 2013.
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El magistrado considera que en el juicio no han resultado probados dichos daños y asegura que los ordenadores fueron destruidos en aplicación del protocolo de seguridad y protección de datos vigente en el PP.
La sentencia resta credibilidad al extesorero y considera que el PP no debió sentarse en el banquillo, en aplicación de las doctrinas Botín y Atutxa desarrolladas por el Tribunal Supremo cuando la Fiscalía no acusa como es este caso. Ahora bien, el juez opta por juzgar todos los delitos por si la Audiencia de Madrid tiene un criterio distinto y para evitar tener que repetir el juicio.
Por otro lado, absuelve a los tres empleados del PP de otro delito del que estaban acusados: el de encubrimiento. A este respecto aplica el principio de 'in dubio pro reo' [ante la duda, se resuelve a favor del procesado].
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La resolución explica que no hay pruebas de que Navarro hubiera tenido alguna intervención activa en el borrado de los discos duros de los dos portátiles. Y tampoco se ha probado que Moreno y Durán tuvieran la intención de eliminarlos para dificultar la investigación de la Audiencia Nacional abierta sobre la supuesta contabilidad oculta del PP, dentro del caso Gürtel.
Ambas alternativas son "compatibles con la lógica y potencialmente susceptibles de generar convicción", por lo que debe inclinarse por la solución más favorable al acusado.
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El juez absuelve al PP del delito de daños informáticos, el único del que estaba acusado. Considera que no hay pruebas de que en los discos duros destruidos hubiera almacenado algún dato o archivo alguno en el momento de su destrucción. O que, de haber existido algún contenido en ese instante, tuviera un valor económico significativo o no estuviera a salvo en el pendrive entregado por Bárcenas a la Audiencia Nacional.
Desconfía de Bárcenas
"Únicamente vieron o conocieron directamente el contenido de los discos duros el sr. Bárcenas y el sr. Moreno, y ambos mantienen lo contrario", explica la extensa sentencia, de 74 páginas, donde considera probado que uno de los ordenadores pertenecía a la formación política y sobre el otro se desconoce si era del PP o del extesorero.
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El juez desconfía incluso del testimonio de Bárcenas, porque modificó su versión sobre lo que contenían ambos ordenadores. Modificaciones que son "legítimas y comprensibles para un acusado desde la perspectiva de su derecho de defensa, pero no para un testigo".
No es coherente, argumenta, "que el sr. Bárcenas dijera el 15 de julio de 2013 que el pendrive contenía la totalidad de lo almacenado en el Toshiba y que, sin embargo, en las intervenciones en esta causa haya afirmado que quedaron datos en el ordenador".
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Considera incluso que Bárcenas entregó a la Audiencia Nacional la totalidad de la información sobre la Caja B del PP en el caso Gürtel.
La pieza sobre la contabilidad paralela del PP fue abierta en febrero de 2013 por el juez Pablo Ruz. La destrucción se llevó a cabo en verano de 2013, pocos días después del ingreso en prisión preventiva de Bárcenas. Consistió en 35 sobre-escrituras de los discos duros en sucesivas pasadas. Tras el borrado, el técnico "rayó los dos soportes de almacenamiento y se deshizo de ellos".
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¿Sabotaje o cumplimiento de la ley?
Respecto al delito de encubrimiento, el juez explica que este tipo penal exige que existan pruebas de que en el ánimo de los procesados estuviera el de dificultar la acreditación de un delito vinculado a la supuesta contabilidad paralela del PP.
Y cree compatible con la lógica las dos alternativas expuestas en la vista oral. Por un lado, la alternativa del sabotaje esgrimido por las acusaciones -"en la medida que la condena por ese delito podría haber tenido consecuencias negativas para la formación política, económica, social y políticamente"- y, por el otro, la de las defensas, que sostuvieron que la voluntad de los acusados era "observar las buenas prácticas aconsejadas para el cumplimiento de la legalidad vigente en materia de protección de datos".
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La sentencia recuerda que “lo que nuestro legislador pretende no es que se haga difícil condenar a nadie o que se pidan situaciones de certeza imposibles, sino que quien tiene que juzgar llegue al convencimiento sobre la realidad de lo ocurrido a través de medios de prueba, más allá de toda duda razonable. Si se presentan dudas –añade la resolución-, sobre la intención que llevó a realizar el borrado, y estas son lógicas, de sentido común, no absurdas o derivadas de planteamientos maximalistas o imposibles, se ha de absolver”.
Primer partido en sentarse en el banquillo
El partido de Pablo Casado ha sido el primer partido en sentarse en el banquillo, después de que en el año 2012 se introdujera en el Código Penal la responsabilidad penal de los partidos y los sindicatos.
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afrontó el banquillo acusado de un delito de daños informáticos por la destrucción de los discos duros de los ordenadores utilizados por su extesorero Bárcenas. Según el también exsenador del PP, que se encuentra cumpliendo su condena a 33 años de cárcel por su participación en la trama Gürtel, estos ordenadores contenían información sobre la contabilidad paralela del partido, la caja b que sigue investigando la Audiencia Nacional.
A su vez, su actual gerente y extesorera, Carmen Navarro; el director del departamento jurídico del PP, Alberto Durán, y el entonces responsable de Informática, José Manuel Moreno, sumaron a la acusación por daños informáticos otra por encubrimiento, un delito que no es atribuible a las personas jurídicas.
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Después de recusar a la juez instructora, Rosa María Freire, y de realizar innumerables movimientos para zafarse del proceso, en junio de este año el PP se vio obligado a sentarse en el banquillo de los acusados. El proceso arrancó cinco años después de que la Audiencia Nacional pidiera a la justicia madrileña que investigara los hechos, y seis años después de que estos tuvieran lugar.
La vista oral ante el Juzgado de lo Penal 31 de Madrid se prolongó durante cinco sesiones, celebradas en la sede de la Audiencia Nacional en San Fernando de Henares. El titular del juzgado, Eduardo Muñoz de Baena, no permitió que fuera retransmitido por streaming, para regocijo del PP.
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Hasta 11 millones de euros de petición de multa
Si bien la Fiscalía nunca apreció indicios de delito en la destrucción de los ordenadores de Bárcenas , las tres acusaciones populares que han impulsado la causa han llegado a reclamar una multa de 11 millones de euros para el PP por dos delitos de daños informáticos. Es el caso de Izquierda Unida, que además solicitó una condena de cuatro años y seis meses de prisión para Navarro, Durán y Moreno por los mismos delitos, en concurso con el de encubrimiento.
Por su parte, la acusación popular del Observatori Drets Humans (DESC) reclamó para el PP una multa de 1 millón de euros, la suspensión de sus actividades durante un año y la prohibición de recibir donaciones en una década. En lo que respecta a Navarro, pidió cuatro años de cárcel por dos delitos de daños informáticos y encubrimiento, y para Durán y Moreno una pena de prisión de tres años y diez meses, y de tres años y ocho meses, respectivamente.
A su vez, la Asociación de Abogados Demócratas por Europa (Adade) pidió al juez que impusiera al PP una multa de 109.000 euros por un delito de daños informáticos, así como una condena de dos años de cárcel para Navarro y Durán, y un año de prisión para Moreno.