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La juez absuelve a Enrique Crespo y a su familia de ocultar el premio que les tocó en la Lotería de Navidad

La magistrada considera que no está acreditado que el exvicepresidente de la Diputación de Valencia poseyera más de un décimo del 53.404, agraciado con el segundo premio. El fiscal pedía 3 años de cárcel como autor de un delito de alzamiento de bienes.

Enrique Crespo, expresidente de Emarsa y exdirigente del Partido Popular, que fue acusado de alzamiento de bienes/EUROPA PRESS

EUROPA PRESS

VALENCIA.- El juzgado de lo Penal número 6 de Valencia ha decidido absolver al expresidente de Emarsa, Enrique Crespo, y a su familia del delito de alzamiento de bienes del que habían sido acusados por el fiscal y la Abogacía de la Generalitat, que consideraban que habían ocultado el dinero del segundo premio obtenido en el sorteo del 'Gordo' de Navidad de 2011, y que cifraban en más de 12 millones de euros.

Fuentes próximas a la familia se han mostrado "muy satisfechas" con la resolución de absolución, ya que era lo que esperaban, han dicho.

En una sentencia facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, la magistrada considera que de todo lo actuado no resulta suficientemente acreditado que el expresidente de Emarsa, el 22 de diciembre de 2011, en la fecha de celebración del sorteo, poseyera más de un décimo del 53.404, agraciado con el segundo premio, ni que los décimos y las participaciones cobradas por sus padres y hermano fueran en realidad de su titularidad.

Tampoco queda acreditado que entre el 22 de diciembre y el 12 de marzo de 2012 se concertara con la familia para simular que los verdaderos agraciados fueran ellos para eludir el posible embargo sobre su patrimonio en el caso de que hubiera una condena en la pieza principal de la causa Emarsa, en la que Crespo es uno de los principales procesados.

El fiscal pedía tres años de prisión para Enrique Crespo como autor y otros tantos para cada uno de sus tres familiares como cooperadores necesarios en un delito de alzamiento de bienes, además del pago de una multa y que se reintegrara al patrimonio del exdirigente 'popular' los 12.375.000 euros que consideraba que en realidad le correspondían como propietario de 99 décimos de lotería premiados. La Abogacía de la Generalitat pedía dos y un años, por su parte.

Según ha considerado probado la magistrada, en el sorteo se reservaron 850 décimos del 53.404 -con participaciones- para distribuir entre afiliados y personas vinculadas al PP de Manises, de donde Crespo era alcalde, y otros 275 que no estaban respaldados por participaciones. De esta última cifra, 50 se los quedó un empresario mientras que de 225 restantes, 65 fueron intercambiados o vendidos personalmente por Crespo a personas conocidas o amigos; otros 70 se los quedó su hermano Carlos y 89 sus padres, Enrique y María Ángeles, que abonaron el importe íntegro. Si bien los progenitores querían distribuirlos, por una operación de la madre, únicamente vendieron siete participaciones de 200 y se quedaron con 193.

Por su parte, Enrique se quedó con el único décimo del número reservado para el partido que no vendió, ya que él jugaba a otros dos números e intercambiaba con otros. Por tanto, según la magistrada, Crespo resultó premiado con 125.000 euros de un décimo, que fue el importe que comunicó al juez instructor del caso Emarsa y que cobró el 23 de enero en una oficina de Bankia.

Enrique Crespo durante su declaración en un juzgado de Valencia, que tuvo lugar este verano/EFE

Enrique Crespo durante su declaración en un juzgado de Valencia, que tuvo lugar este verano/EFE

El resto de los acusados presentaron al cobró sus décimos entre el 23 de diciembre y el 13 de marzo. La magistrada señala que Enrique Crespo era consciente de la existencia de un proceso penal contra él, pero "en absoluto" ha quedado suficientemente acreditado que todos ellos se concertaran "para disminuir de forma relevante su patrimonio "haciendo ineficaz la vía de apremio intentada, perjudicando con ello las legítimas expectativas de cobro de las perjudicadas" en el caso Emarsa, entre ellas la Emshi.

Serias dudas y meras sospechas

Además, destaca la jueza que ni siquiera las acusaciones se ponen de acuerdo en el número de décimos y participaciones que entienden que correspondían a Crespo -el fiscal dice que 12.375.000 euros; Abogacía de Generalitat 22.770.000 y Emshi 13.625.000- ni cuántos hubieran sido desviados para eludir responsabilidades, lo que pone de manifiesto que existen "serias dudas" y que las "meras sospechas" no pueden servir de apoyo para una condena penal.

"Ni siquiera nos encontramos ante una prueba indiciaria, sino ante simples conjeturas o sospechas que no satisfacen los requisitos constitucionalmente exigibles para reconocerles validez y aptitud para enervar la presunción de inocencia", recalca. De hecho, apunta a que Crespo dijo solo tener un décimo -cinco vendió al expresidente de la Diputación, Alfonso Rus- y el mismo sábado antes del sorteo vendió dos al que fuera director del Hospital General, Sergio Blasco.

Enrique Crespo negó en todo momento haber dicho que había sido agraciado con diez series en el sorteo en la Junta de Gobierno de Manises, en una declaración "firme y persistente" en la que no incurrió en contradicciones, al igual que su hermano. Los padres se acogieron a su derecho a no declarar.

Precisamente, Rus dijo en el juicio que declaró que Crespo llevaba más décimos que él como "una suposición" por la alegría que expresaba pero en realidad no sabía cuántos tenía. Para la magistrada, existen "dudas" sobre la credibilidad de la única prueba de cargo en su contra, un Interventor del consistorio que fue el único que declaró en la sala que le oyó decir que llevaba diez series, ya que había "cierta tensión" entre ellos, no se encontraba cómodo con él y no se comprende por qué tardó tanto tiempo --dos años-- en denunciar.

También la jueza da credibilidad a la versión de los padres y hermanos de Crespo de cuándo y cómo cobraron el dinero, ya que lo hicieron en fechas equivalentes a otros agraciados, sin que la circunstancia de haberlos cobrados con posterioridad a diciembre de 2011 permita concluir que no eran de su propiedad y considera que ese comportamiento es "compatible con la prudencia recomendable en lo referente a la salvaguarda de la seguridad física y del patrimonio en los días siguientes al sorteo". Por tanto, no fue "ilógica, irregular o extraña".

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