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Los indultos del 'procés' Las 10 claves de los indultos a los condenados por el 'procés'

El Consejo de Ministros ha aprobado la medida de gracia para los nueve dirigentes catalanes condenados. Repasamos qué supone este decreto del Gobierno y todas las cuestiones que le envuelven. 

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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se dispone a dar una declaración institucional en el Palacio de la Moncloa. — Emilio Naranjo / EFE

madrid,

1.328 días después de entrar en prisión (1.345 los Jordis), los condenados por el procés serán puestos en libertad tras recibir el indulto del Gobierno, que les perdona la pena que les quedaba por cumplir. Pero ¿qué supone la medida de gracia?, ¿cuando saldrán?, ¿es reversible?, ¿afecta a los fugados? A continuación, diez claves de un indulto histórico.

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1. ¿Qué implica el indulto?

El indulto -parcial- conmuta la pena que les quedaba por cumplir, por tanto saldrán de prisión habiendo liquidado sus respectivas condenas, aunque bajo la condición de que no cometan un delito grave en una horquilla de entre tres a seis años, en cuyo caso la pena indultada se sumaría a una eventual nueva condena.

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No se perdonan los delitos, solo la pena. Y aunque algunos fueron condenados por sedición y malversación -delito de corrupción- el Gobierno deja claro que el Supremo impuso una sola pena por concurso medial -unidad de hecho -y no dos diferentes por cada delito.

2. ¿Quiénes son los indultados?

Los nueve condenados por sedición, que cumplen penas de prisión son el exvicepresidente Oriol Junqueras, la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, los exconsellers del Govern Raül Romeva, Jordi Turull, Josep Rull, Joaquim Forn, Dolors Bassa; el expresidente de la ANC y diputado de JxCat Jordi Sànchez, y el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart.

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Aunque la respuesta es individualizada, la motivación y argumentos de la utilidad pública que justifican el indulto son comunes a todos. No han sido indultados los exconsellers Meritxell Borràs, Carles Mundó y Santi Vila, porque el pasado día 8 cumplieron su condena de veinte meses de inhabilitación que les impuso el Tribunal Supremo y la ley señala que una vez cumplida la pena, no se puede indultar.

3. ¿Cuándo estarán en libertad?

De inmediato, previsiblemente este miércoles. El rey firmará en la tarde de este martes los indultos y el miércoles el real decreto será publicado en el BOE, por lo que en ese momento el Supremo -al que corresponde ejecutar la gracia- podrá ya actuar y remitir un mandamiento de excarcelación a las prisiones correspondientes.

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Cabe la posibilidad de que el Supremo actúe este miércoles siempre y cuando el Ejecutivo les comunique por cualquier canal la decisión, pero eso es algo que el Gobierno no contempla porque según Moncloa nunca se ha hecho antes. Se esperará, como se ha hecho siempre, al BOE.

4. ¿Podrán volver a la política y ocupar cargos públicos?

No. El indulto afecta a las penas de prisión pero no las de inhabilitación, que no se tocan, por tanto hasta que cumplan la condena por inhabilitación -que oscilan entre los nueve y los trece años- no podrán ocupar cargos ni trabajar para un organismo público. Sí podrán, en cambio, ocupar cargos internos en sus partidos, como ya hacen Junqueras y Sànchez en ERC y JxCat.

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5. ¿Los indultos son reversibles, tienen marcha atrás?

No, el indulto es una decisión irrevocable y no es reversible, aunque el Gobierno ha incluido una cláusula de condicionalidad, que consiste en anular los indultos si vuelven a delinquir.

6. ¿Cuál es la condición que ha incluido el Gobierno?

Que no cometan un delito grave -penado con más de cinco años- en un margen de tiempo que oscila entre los tres y los seis años. Eso se traduce en que en caso de sentencia firme por hechos delictivos cometidos en próximos años, se les sumaría la pena que se les ha indultado, ya que la medida de gracia quedaría anulada.

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7. ¿Por qué el Gobierno impone esa horquilla de años?

Porque el Ejecutivo entiende que los líderes independentistas tienen una participación política y social diversa en estos momentos. Para fijar esos años, se ha tenido en cuenta si siguen inmersos en la política, si la han abandonado o si, incluso, han manifestado su voluntad de no renunciar a la vía unilateral.

Por eso se fijan seis años a Junqueras, que sigue siendo el líder de ERC, tres para Bassa que ha manifestado que deja la política, y cinco para los Jordis, que son los peor parados en proporción a la pena que les impusieron.

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8. ¿Se puede recurrir el indulto?

Sí, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que debe revisar si el indulto cumple con todos los requisitos formales (que no falten informes) y si no es arbitrario, es decir, que está suficientemente motivado. Hay dos meses para presentar un recurso en el que el recurrente debe acreditar un interés directo en el asunto, algo que en cuestiones de indultos implica más a personas afectadas por la gracia (familiares) que a instituciones (partidos), que podrían incurrir en una falta de legitimidad para recurrir.

9. ¿Un recurso puede dejar en suspenso el indulto?

Automáticamente no. Solo es posible si el recurrente -PP, Vox y Cs han anunciado que recurrirán- solicita una cautelar o cautelarísima, aunque fuentes de Moncloa dudan que cualquiera de estas dos medidas puedan prosperar, de la misma forma que están convencidos de que tampoco los indultos se pueden tumbar. Primero porque se han argumentado de manera sólida y motivada, y segundo porque no creen que estos partidos estén legitimados.

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10. ¿Esta medida afecta a Puigdemont y al resto de fugados?

No. Los indultos solo afectan a los condenados por el Supremo y no se pueden aplicar al expresident Carles Puigdemont ni al resto de los políticos fugados porque no han sido enjuiciados. Ellos están al margen de todo esta cuestión y desde Moncloa les piden que asuman sus responsabilidades, regresen a España y rindan cuentas con la Justicia.

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