Igualdad La izquierda apuesta por las listas cremallera, mientras la derecha se limita a cumplir con la cuota legal
PSOE y Podemos fijan en sus estatutos la alternancia de género, que garantiza más presencia de mujeres en las instituciones, mientras que PP y Ciudadanos no incluyen ninguna medida al respecto.
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madrid, Actualizado:
Este martes se acaba el plazo para que los partidos presenten sus listas electorales ante las juntas electorales de cada provincia, que se publicarán el miércoles en el Boletín Oficial del Estado. El cierre definitivo de las candidaturas se dará el día 2 de abril, cuando finaliza el periodo dado por las juntas para resolver los posibles errores que hayan podido detectar.
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Hasta ese momento, no se conocerán con exactitud las propuestas oficiales de los partidos, pero ya se pueden adelantar algunas cuestiones gracias a la ley electoral y a las normas internas que fijan las propias organizaciones en sus estatutos. La presencia de mujeres en las instituciones y en las propias formaciones ha marcado la agenda política de los últimos años cuando ha llegado un periodo electoral.
En sus discursos públicos, los líderes políticos se muestran a favor de dotar a mujeres y hombres de las mismas oportunidades de participación y de romper los denominados “techos de cristal” para las mujeres en las instituciones. Sin embargo, más allá de la legislación, los partidos tienen una primera oportunidad para garantizar la representación femenina en sus estatutos. Una oportunidad que no siempre aprovechan.
En el 2007, la ley de Igualdad impulsada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero se extendió a cuestiones de la legislación electoral y modificó la Ley Orgánica del Régimen Electoral General para establecer una cuota de representación que garantizase una mínima presencia en las listas tanto de mujeres como de hombres.
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De esta manera se estableció que en ningún caso podría haber candidaturas donde alguno de los dos sexos representara menos del 40 por ciento de la lista. Esta cuota de 40/60 pretendía garantizar un “mínimo equilibrio” entre mujeres y hombres que redujera la brecha de representación que se estaba dando en detrimento de las mujeres.
“Cuando el número de puestos a cubrir sea inferior a cinco, la proporción de mujeres y hombres será lo más cercana posible al equilibrio numérico”, precisa la ley para estos casos. Sin embargo, como apuntan algunos expertos, la imposición de una cuota que no afecte al orden de los puestos (sobre todo los de salida) de las listas, puede dar al traste con el objetivo de garantizar la presencia femenina en las instituciones, más allá de que se garantice una cierta paridad.
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Para Lluís Orriols, doctor por la Universidad de Oxford, profesor y vicedecano de estudios de ciencia política en la Universidad Carlos III de Madrid, “las listas paritarias sin condicionar los puestos pueden ser un brindis al sol, sobre todo en los distritos pequeños”, donde se reparten pocos escaños.
Esto es debido a que, aunque una lista sea paritaria , y cumpla, por ejemplo, con la cuota 60/40 fijada en la LOREG, no se garantiza la presencia femenina en las instituciones si las mujeres son relegadas a los últimos puestos, lo que las perjudica en el reparto de escaños.
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Más allá de la cuota
El PSOE y Podemos han optado por ir más allá de la cuota legal establecida y han fijado en sus estatutos la fórmula de los sistemas cremallera, que alterna las posiciones entre los sexos (mujer-hombre-mujer-hombre o viceversa) y que, por lo tanto, garantiza mejor la representación femenina en las instituciones, al situar en posiciones de salida a las mujeres en las listas. Los socialistas establecen en sus reglamentos que “las listas de las candidaturas electorales se elaborarán atendiendo a la representación de hombres y mujeres, ordenados de forma alternativa”.
Además, el PSOE abre la posibilidad de “romper” la cremallera al introducir que “la Comisión Federal de Listas podrá, en el ámbito de las normas de democracia paritaria, establecer que determinados puestos de las candidaturas sean ocupados por personas de uno u otro sexo”, algo que recientemente se ha hecho para incluir en una candidatura a tres mujeres seguidas.
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En Podemos, además del sistema cremallera, se modifica la cuota del 60/40 a un mínimo del 50 por ciento de representación para las mujeres, por lo que la mitad de candidatas del partido siempre deberán ser mujeres, criterio fijado en su Documento de Feminismos. También contemplan la posibilidad de abrir la cremallera para favorecer la representación femenina: “en las listas de primarias la cremallera se abrirá en tramos de 5 a favor de las mujeres. En todos los órganos de Podemos, y otros equipos, las listas serán del 50-50. No se introducirá corrección de género si perjudica a las mujeres”.
El reglamento de primarias de la formación para las elecciones generales concreta cómo aplicar lo recogido en el Documento de Feminismos a los procesos. “Se recorre cada una de las papeletas en orden descendente de puntos. Al encontrar dos hombres seguidos, se trae a la siguiente mujer y se la coloca en medio, salvo cuando este desplazamiento suponga que se supera el número máximo de mujeres permitido por la ley (3) en cada tramo de 5 (tramos 1-5, 6-10, 11-15, y así sucesivamente). Del mismo modo, si un tramo de 5 tuviera menos hombres que el mínimo legal (2), se deberá subir el mínimo número de hombres el mínimo número de puestos para que se cumpla la ley”.
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Ni PP ni Ciudadanos contemplan en sus estatutos ninguna medida para garantizar la presencia de las mujeres en las instituciones, más allá de que deben acogerse a la cuota que marca la LOREG. Para la politóloga de la Universidad Complutense de Madrid y analista política Marina Pla, “las listas cremallera garantizan, frente al sistema 40/60, la presencia de mujeres en los primeros puestos de la listas electorales, evitando que sean relegadas a los últimos lugares como "relleno" para cumplir la cuota de género”.
La importancia de ser cabeza de lista
Tanto Pla como Orriols apuntan además a que el único problema de las mujeres no se limita solo a no estar en los primeros puestos de la lista (situación que corrige el sistema cremallera), sino que, en las circunscripciones pequeñas, donde apenas se aportan un par de escaños, todo lo que sea no ocupar la cabeza de la lista no garantiza la representación.“Hay que tener en cuenta que en el caso español la existencia de muchas circunscripciones de pequeño tamaño (en 26 circunscripciones se eligen entre dos y cinco escaños) supone una barrera de facto para las mujeres, ya que la cabeza de la lista suele estar ocupada por hombres”, apunta Pla.
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La politóloga asegura que “en estos casos ni siquiera la existencia de listas cremallera garantizaría, al final del proceso, la presencia de mujeres en las instituciones en condiciones mínimas de paridad, ya que las circunscripciones pequeñas convierten el sistema electoral español en una especie de sistema mixto, por un lado proporcional y por otro, mayoritario”.
Para Orriols, tras la extensión de los sistemas cremallera, “la siguiente batalla” es, precisamente, “la de garantizar la presencia de mujeres en el primer puesto de las candidaturas”. “La paridad y la igualdad están sujetas a distintas concepciones, lo que implica maneras diferentes de tender a ellas”, explica Pla.
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“Si nos atenemos a razones históricas, quizá la forma más "justa" de lograr una mayor presencia de las mujeres en la vida pública, no solo en la representación política, sería el establecimiento de sistemas de discriminación positiva, lo que garantizaría no ya la igualdad numérica sino la equidad social y política, reconociendo que el sistema patriarcal ha mantenido a las mujeres durante siglos apartadas de la vida pública. Esta sí sería una verdadera revolución política”, concluye la politóloga.