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Hipotecas La nueva ley hipotecaria entrará en vigor en verano al retrasarse su publicación en el BOE

La nueva normativa establece, entre otras cuestiones, el reparto de gastos entre la entidad financiera y el consumidor o un abaratamiento de los intereses de demora y de amortización anticipada.

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La nueva ley hipotecaria no entrará en vigor hasta verano

madrid,

La nueva ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario seguía este jueves sin publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE), casi un mes después de que la aprobara el Congreso y cuando ha pasado una semana desde que se recogiera en el Boletín de las Cortes. Esta circunstancia retrasará aún más su aplicación, al menos hasta finales de junio, ya que es a partir del BOE cuando empezará a contar el plazo de tres meses fijado para su entrada en vigor.

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De esta forma, las nuevas condiciones para conceder hipotecas que recoge la ley no entrarán hasta el verano. La nueva ley establece, entre otras cuestiones, el reparto de gastos entre la entidad financiera y el consumidor, un abaratamiento de los intereses de demora y de amortización anticipada, o el aumento de los meses de impago antes de que se ejecute un crédito.

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Pese a que el Congreso celebró el pasado 21 de febrero las últimas votaciones de esta ley, relativas a las enmiendas introducidas a su paso por el Senado, han pasado tres semanas y aún no ha aparecido publicada en el BOE. Precisamente una de estas enmiendas de última hora concedió a las entidades financieras un mayor plazo para adaptarse a las novedades.

El Senado alargó los 30 días de plazo

Así, a propuesta de PP y Ciudadanos, el Senado alargó los 30 días de plazo fijados inicialmente por el Congreso, elevando este plazo para su entrada en vigor a los tres meses de su publicación en el BOE. Esta modificación fue avalada después en el Congreso, con el respaldo de PP, Cs, PDeCAT, UPN y Foro Asturias.

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Una vez el Congreso decidió los últimos cambios a la ley, el Boletín Oficial de las Cortes Generales no publicó el texto definitivo de la misma hasta el pasado 7 de marzo, justamente dos semanas después de estas votaciones.

La ley sirve para trasponer una directiva para la cual España ya acumula un retraso de tres años, ya que el plazo para trasponer esta directiva acabó en marzo de 2016, razón por la que la Comisión Europea inició en su momento un procedimiento de sanción. Este puede derivar en una multa de 105.991,6 euros por cada día de retraso, más de 116 millones de euros en total.

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