El grapo absuelto por el Tribunal Supremo cumple otra pena
La sentencia del alto tribunal causa malestar a la Audiencia y a la Fiscalía
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El miembro del Grapo Marcos Martín Ponce, absuelto por el Tribunal Supremo del asesinato de un policía por el que la Audiencia Nacional le había condenado a 30 años de cárcel, está en la actualidad cumpliendo una condena ya firme de 11 años de prisión por pertenencia a organización terrorista y robo. Además, tiene varias causas pendientes por otros atracos, entre ellos, uno en el que murió un vigilante.
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El lunes se volverá a sentar en el banquillo de los acusados. El fiscal pedirá para él 6 años y medio por el atraco a una Caja en Valladolid.
En cualquier caso, la principal acusación que había contra Martín Ponce, considerado uno de los máximo responsables del comité central del Grapo, era el asesinato del policía Francisco Javier Sanz, el 17 de noviembre de 2000, cuando salía de un colegio en el barrio madrileño de Carabanchel.
La absolución acordada por el Supremo, al entender que no se le podía condenar sin que hubiera declarado en su juicio la testigo protegida que le identificó, ha causado malestar en la Audiencia Nacional y en la Fiscalía.
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Cuatro citaciones
La Audiencia respondió a la información de ayer de 'El Mundo' sobre la sentencia con una nota que decía que se intentó citar a la mujer cuatro veces, la última, la víspera del juicio, pero no fue localizada. Añade que un juicio sólo se puede suspender si lo piden las partes. El fiscal aportó las declaraciones que prestó la testigo en el juicio contra el otro autor del crimen, el ya condenado Israel Torralba.
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El sindicato policial SUP dice que los magistrados de la Audiencia Nacional y del Supremo se han "manchado sus togas de indignidad".
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La sentencia del Tribunal Supremo, de la que ha sido ponente Manuel Marchena, afirma que la comparecencia en el juicio de la testigo era “absolutamente indispensable para avalar la petición de pena formulada” por el fiscal. Además, critica “la concepción burocrática que inspiró la búsqueda” a través del colegio en el que trabajaba que no es “extraño” que en julio esté cerrado.
La Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional, presidida entonces por Fernando Bermúdez de la Fuente, consideró suficiente prueba de cargo la lectura de la declaración de la testigo presencial del crimen en el juicio del coautor del asesinato, así como las de los agentes que la interrogaron y los informes de balística de la pistola utilizada, encontrada en un piso franco del Grapo.
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Tras conocer la sentencia del Supremo, la Fiscalía General pidió un informe al fiscal jefe de la Audiencia, Javier Zaragoza. Fuentes fiscales consideran que la actuación de su representante en el juicio, Jesús Alonso, fue correcta, porque la ley permite reproducir declaraciones anteriores de un testigo, si es ilocalizable, y el tribunal pudo condenar con ellas.