MADRID
Actualizado:La Abogacía del Estado, en representación del Gobierno de Pedro Sánchez, ha anunciado que va a recurrir en casación la condena que impuso la Audiencia Nacional al Estado por su inacción para aclarar la muerte del cámara de Telecinco José Couso, asesinado por el disparo de un tanque estadounidense en Bagdad, cuando cubría la información de la guerra del Golfo, en la que participó España por decisión del Ejecutivo de José María Aznar.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional condenó el pasado mes de enero al Estado a indemnizar a la familia del cámara con 100.000 euros en el caso de su mujer y con 41.000 euros a cada uno de sus dos hijos.
El recurso se presentará ante la Sala de lo Contenciso Administrativo. Couso fue asesinado hace 16 años en Bagdad cuando tropas estadounidenses abrieron fuego contra el Hotel Palestina, donde se alojaban los periodistas que cubrían el conflicto y que se hallaban en ese alojamiento por indicación del Pentágono. Los hechos se produjeron el 8 de abril de 2003 y la Audiencia consideró que el Estado omitió su deber de brindarle protección diplomática y de defender sus intereses frente a EEUU.
La sentencia, de la que fue ponente el magistrado Ignacio De la Cueva, establecía que el Estado debía indemnizar con 100.000 euros a la viuda de Couso y con 41.000 euros a cada uno de sus dos hijos, aún menores de edad cuando ocurrieron los hechos, por no haber emprendido "acciones ante otro Estado que ha incurrido en un ilícito internacional" a fin de conseguir reparación del daño causado por esa conducta.
En la sentencia se recogía que no constaba "la realización de gestión alguna tendente no ya al reconocimiento de la ilicitud del ataque, sino a la reparación de sus consecuencias patrimoniales de un modo razonable. Y ello pese a las muy numerosas peticiones que al respecto de formularon por diversos grupos parlamentarios".
Añadía que en este caso se daban los requisitos para que "el Estado desenvolviera su actividad diplomática en favor de los perjudicados" y sin embargo, "se limitó a recibir y aceptar las explicaciones ofrecidas por la Administración de EEUU en el sentido de que el ataque al Hotel Palestina se encontraba justificado y el fallecimiento de Couso, fue un lamentable accidente".
La actividad "suponía el ejercicio de la libertad de información"
La Sala destacaba también que la actividad que desarrollaba Couso en Irak "suponía el ejercicio de la libertad de información", tal y como recoge, recuerda, la propia Constitución: "Esta dimensión objetiva de la libertad de información militaba en favor de la dispensa de la protección diplomática como forma de protección de la indicada libertad garantizando la indemnidad de su ejercicio".
Tras 15 años de batalla legal, la Audiencia Nacional estimaba el recurso de la familia que reclamaba la responsabilidad patrimonial a España por no haber peleado ante Estados Unidos para buscar justicia y reparación. Reclamaba en aquel momento 317.130,37 euros y la Abogacía del Estado se opuso.
El procedimiento quedó en suspenso en el año 2008 a la esperar de la resolución penal que dependía de la competencia de la justicia española para conocer los hechos. Tras el recorte de la jurisdicción universal en la legislación española, el Tribunal Supremo archivó la causa en 2016 y definió lo sucedido como un "ilícito internacional" frente al que la familia de Couso tenía nulas posibilidades efectivas de obtener una reparación razonable directamente de los tribunales estadounidenses.
Tras quedar en vía muerta el procedimiento penal, la Audiencia Nacional retomó el procedimiento contencioso administrativo el pasado mes de julio y en diciembre dictó la sentencia condenatoria que ahora recurre la Abogacía del Estado.
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