Este artículo se publicó hace 4 años.
ProcésLa Fiscalía del Supremo rechaza los recursos de Puigdemont, Comín, Ponsatí y Puig contra las euroórdenes del juez Llarena
El nuevo escrito incide en argumentos ya expresados por el Ministerio Público en anteriores escritos para oponerse al recurso que presentaron las defensas de los cuatro procesados huidos contra la decisión del juez.
Madrid-Actualizado a
La Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado a la Sala de lo Penal de este órgano que confirme íntegramente el auto del pasado 10 de enero por el que el instructor de la causa del procés independentista en Catalunya, Pablo Llarena, mantuvo la vigencia de las euroórdenes de detención y entrega dictadas contra el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y sus exconsejeros también huidos Toni Comín, Clara Ponsatí y Lluis Puig.
El nuevo escrito incide en argumentos ya expresados por el Ministerio Público en anteriores escritos para oponerse al recurso que presentaron las defensas de los cuatro procesados huidos contra la decisión de Llarena, cuya aplicación práctica en el caso del Puigdemont y Comín es que no pueden ser detenidos en ningún Estado miembro de la Unión Europea Salvo en España, al tener la condición de europarlamentarios con inmunidad de desplazamiento. Las euroórdenes quedaban paralizadas por dicha condición, aunque no se retiraron.
La Fiscalía se opone en el mismo escrito a los argumentos de las defensas referidos a la necesidad de presentar nuevas cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que éste órgano aclare cómo debe interpretarse la sentencia que el pasado mes de diciembre reconoció la inmunidad como europarlamentario electo del líder de ERC ya juzgado y condenado en esta causa Oriol Junqueras.
Según señala la Fiscalía en el documento de 12 páginas que ha dado a conocer este miércoles, "no se trata de interpretar normas comunitarias, sino normas españolas que son objeto de aplicación a europarlamentarios españoles" por lo que "el objeto del reenvío prejudicial europeo no puede ser nunca una cuestión que se refiera al derecho interno".
"No se trata de interpretar normas comunitarias, sino normas españolas que son objeto de aplicación a europarlamentarios españoles"
En cuanto a la reclamación por España de los procesados, la Fiscalía incide en el hecho de que todos ellos sigan, a día de hoy, huidos de la justicia española, lo que a su juicio "es una circunstancia que justifica y fundamenta 'per se' el fin constitucionalmente legítimo de la medida cautelar adoptada" por Llarena de mantener vigentes las euroórdenes.
El Ministerio Público coincide también con Llarena en el "relevante pronóstico de tipicidad que encierran los hechos atribuidos a cada uno de los recurrentes, destacando que los elementos incriminatorios muestran también su solidez en virtud de la sentencia condenatoria ya dictada contra los procesados no fugados", esto es, la que condenó a Junqueras y a los otros once líderes independentistas el pasado mes de octubre.
La Fiscalía ya pidió en su al magistrado instructor que mantuviera las órdenes tanto nacionales e internacionales de detención y la declaración de rebeldía de los huidos por el procés independentista. Por su parte, la Abogacía del Estado mantuvo una postura parcialmente contraria, ya que pidió su suspensión.
En respuesta a estos planteamientos, Llarena reconoció el pasado 10 de enero que, de acuerdo a la sentencia del TJUE, los líderes independentistas procesados por sedición, disfrutan de la inmunidad reconocida por el artículo 9 del Protocolo número 7 del tratado de funcionamiento de la Unión Europea. Por otra parte, su detención e ingreso en prisión en España no requerirá suplicatorio, y en ese punto coincide también la Fiscalía en este último escrito.
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