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España reactiva causas contra China y Ruanda mientras elude investigar el franquismo

La acusación en el caso abierto en Argentina contra torturadores franquistas pide "coherencia" a la Audiencia Nacional para aplicar la justicia universal también cuando los crímenes son en España

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Ordenar detenciones de dirigentes en China, procesar a ministros de Guatemala, tomar declaraciones a testigos clave del genocidio a la etnia hutu en Ruanda. Para todo eso sí se muestra dispuesta la Audiencia Nacional. Sin embargo, no ha hecho gala de la misma diligencia para colaborar en la investigación de los crímenes del franquismo, ya que ha eludido cumplir la orden de arresto de dos policías acusados de torturas durante la dictadura que le cursó una jueza argentina, María Servini, hace dos meses.

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El abogado Carlos Slepoy, del equipo que ha presentado la querella en Argentina, reclama a la Audiencia que sea coherente con su aplicación del principio de justicia universal, al perseguir graves delitos en muchas zonas del mundo, y haga lo mismo cuando los delitos han sido en España y contra españoles, como es el caso de los cometidos durante el franquismo.

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En cuanto al Gobierno español, a quién Slepoy considera la principal interferencia para lograr la ejecución de las órdenes de detención dictadas desde Argentina, le reclama que se aplique a sí mismo el argumento que está dando a China después de que la Audiencia Nacional haya ordenado detener a su expresidente Jeng Zemin: "Es un asunto judicial y no político".

La persecución universal de delitos de genocidio o lesa humanidad se inauguró en la práctica con las investigaciones impulsadas por el juez Baltsar Garzón en los años noventa por crímenes en Argentina y Chile, que incluyeron la petición de extradición que cursó a Londres contra el dictador chileno Augusto Pinochet. A partir de ahí, según destaca Slepoy, se abrieron nuevas causas en España por delitos cometidos en Salvador, Guatemala, Ruanda o China. El Constitucional, en 2005, avaló las causas abiertas en España por casos de lesa humanidad en el extranjero (la sentencia se refería en concreto a Guatemala) incluso sin que hubiese habido víctimas españolas.

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En el último mes y medio, distintos  jueces centrales de Instrucción de la Audiencia Nacional han tomado decisiones en ese tipo de causas. El 14 de octubre, el juez Fernando Andreu tomó declaración a un testigo clave --exjefe de gabinete del presidente ruandés-- en la causa que investig el genocidio de la etnia hutu entre los años 1994 y 2000. Por su parte, el magistrado Javier Gomez Bermúdez procesó al exministro de Gobernación de Guatemala Carlos Vielmann por autorizar y supervisar entre noviembre de 2005 y septiembre de 2006 la ejecución de diez presos.

Por último, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha dictado esta semana sendas órdenes internacionales de detención contra el expresidente chino Jiang Zemin y otros cuatro exdirigentes de ese país, dentro de la causa en la que investiga la represión del régimen comunista de China sobre los habitantes de Tíbet. 

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Frente a esas órdenes y diligencias, Slepoy se queja de las dificultades e interferencias que está poniendo el Gobierno español y la Fiscalía de la Audiencia Nacional en el cumplimiento de las órdenes de detención de torturadores del franquismo libradas a finales de septiembre por la jueza argentina María Servini.

Tampoco está de acuerdo con la postura adoptada por el juez Pablo Ruz, que en lugar de ordenar la puesta a su disposición inmediata de esos expolicías españoles para luego decidir alguna medida cautelar contra ellos, ha seguido el criterio del fiscal incumpliendo, según el abogado, la Ley de Extradición entre ambos países. Ruz se ha limitado a decir que llamará ante él a ambos expolicías reclamados cuando le llegue la petición de extradición.

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Y ello pese a que, según Slepoy, el juez se comprometió a revisar la decisión de no ejecutar las detenciones cuando llegase la ampliación de la documentación que insistió en pedir la Fiscalía de la Audiencia, en relación a la concreción de las fechas y lugares de los delitos imputados al policía José Antonio González Pacheco, alias 'Billy el Niño', y al guardia civil Jesús Muñecas.

El abogado destaca que esa ampliación de hechos fue entregada por la Embajada argentina al Ministerio de Exteriores español el 30 de septiembre; el 7 de octubre pasó al comisario jefe de Interpol España, quien lo retuvo 21 días para, el 28 de octubre, dárselo a la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que tiene el documento en su poder desde hace dos semanas sin que se conozcan novedades al respecto.

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En cualquier caso, los abogados de la querella argentina lo que quieren ahora es coherencia, tanto del Gobierno español como de la Audiencia Nacional, cuando en los próximos días les llegue el expediente completo de extradición de esos dos torturadores. A partir de ese momento, primero el Ejecutivo deberá decidir si acepta o no la tramitación de las extradiciones. En ese sentido, esperan que se comporten como meros "mensajeros" de las órdenes judiciales, y tengan la actitud que han demostrado con China cuando le han contestado, ante la orden de detención de Zemin, que son asuntos judiciales y no políticos.

Y cuando el asunto llegue a la Audiencia Nacional --si es que llega-- que se demuestre "coherencia" con la amplia aplicación del principio de justicia universal que se sigue cuando los casos ocurren fuera de España, de modo que, o se acuerde investigar el caso por tribunales españoles, o se colabore a que lo haga la justicia argentina.

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Desgraciadamente, Slepoy recuerda que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional no aceptó la competencia de Baltasar Garzón cuando inició la investigación de los crímenes del franquismo. Posteriormente el Tribunal Supremo cerró la vía a la investigación penal de los mismos como "delitos contra la humanidad". El alto tribunal recordó, entre otros argumentos, la vigencia de la Ley de Amnistía.

Por esto último ha sacado los colores a España hace una semana el Comité de Desapariciones Forzadas de la ONU, al exigir que dejase de hacer interpretaciones de la Ley de Amnistía de 1977  que impidieran  investigar las desapariciones forzadas del franquismo. Reclamó además a nuestro país una investigación de oficio "exhaustiva e imparcial" que culmine con graves condenas a los responsables de esos delitos, así como con la reparación y rehabilitación adecuadas de las víctimas.

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