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Elecciones europeas El Constitucional avala que Puigdemont, Comín y Ponsatí se presenten a las europeas

Los jueces del Tribunal rechaza por unanimidad el recurso de amparo presentado por Ciudadanos contra sus candidaturas.

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El expresident de la Generalitat, Carles Puigdemont. - REUTERS

madrid, Actualizado:

El Tribunal Constitucional ha avalado que el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y los exconsellers Antoni Comín y Clara Ponsatí, fugados en Bélgica, se presenten a las elecciones europeas, al no admitir a trámite el recurso de amparo presentado por Ciudadanos (Cs) contra sus candidaturas. El Tribunal considera que no existe de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo.

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En una resolución dictada este jueves, la Sala Primera del Constitucional rechaza por unanimidad admitir los recursos de Cs contra las decisiones judiciales que permitieron a esos dirigentes independentistas concurrir a las elecciones del 26 de mayo pese a haber salido de España para evitar ser juzgados por el procés.

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Cs pidió amparo al Constitucional al considerar que la resolución del Juzgado contencioso administrativo número 2 de Madrid, relativo a la candidatura Lliures per Europa, vulneraba el derecho a la igualdad consagrado en el artículo 14 de la Constitución y también el derecho a la tutela judicial efectiva del artículo 24.

El Tribunal Constitucional aún no se ha pronunciado sobre un segundo recurso presentado por el PP, que alegaba que los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid que dieron luz verde a las candidaturas de Puigdemont y sus exconsejeros habían revocado de modo arbitrario una resolución "impecable" de la Junta Electoral Central excluyendo a los exdirigentes catalanes "por la inexactitud del censo electoral". Según el PP, el derecho vulnerado sería el del sufragio pasivo por desigualdad entre candidaturas.

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Las sentencias de los juzgados de Madrid establecieron que el acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) que estableció que Puigdemont y sus exconsejeros no podían presentarse por el partido Lliures per Europa (Junts) no es conforme a derecho. Ordenaron por ello al organismo electoral que publique la candidatura incluyendo a Puigdemont, Comín y Ponsatí.

El Tribunal Supremo ya había determinado que la situación de rebeldía de Puigdemont y sus exconsejeros no es causa de inelegibilidad en una resolución en la que, no obstante, rechazó su competencia y encomendó a los juzgados ordinarios su resolución.

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