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¿Qué dice el texto final de la ley de amnistía y qué pasa una vez se publique en el BOE?

La aprobación final en el Congreso marca el final de su recorrido parlamentario, pero abre uno nuevo, el judicial.

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Carles Puigdemont, durante un acto de Junts en el que el líder 'posconvergente' valoró los resultados de las elecciones catalanas. — Glòria Sánchez / Europa Press

madrid,

El 13 de noviembre de 2023, el Partido Socialista (PSOE) registró en solitario la proposición de ley de amnistía en el Congreso de los Diputados. Han pasado más de seis meses hasta su aprobación definitiva de este jueves, 30 de mayo de 2024. El camino ha sido arduo. Varios pulsos muy intensos con Junts per Catalunya —llegaron a votar en contra de la primera votación— y un sinfín de trabas del Partido Popular (PP) en el Senado han retrasado el desenlace.

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Y, sin embargo, este punto y final del recorrido parlamentario es solo eso. Ahora, empieza el camino judicial, un terreno que varios expertos consideran "inexplorado" con una ley inédita. Con el levantamiento del veto del Senado, la amnistía sale de las Cortes Generales y se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en los próximos días. No hay certezas acerca de cuándo ocurrirá eso exactamente, pero no es habitual que dicho proceso no se demore demasiado. A partir de que la ley se publique en el BOE, entrará en vigor. 

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¿Qué dice, exactamente, la ley?

Lo primero que hay que tener en cuenta es que el dictamen que se ha votado favorablemente este jueves es el mismo que salió el 14 de marzo del Congreso, cuando recibió la primera aprobación. Lo único que se ha hecho es levantar el veto del Senado, impulsado por el PP.

Pero, ¿qué hechos se acomodarán bajo el paraguas de la ley de amnistía? La norma cubre los actos vinculados con el procés entre el 1 de noviembre de 2011 y el 13 de noviembre de 2023. Esa horquilla temporal fue, en su día, uno de los motivos de fricción entre Junts per Catalunya y PSOE. Finalmente, se amplió por delante, con tal de que pudiera incluir a los acusados por el Tribunal de Cuentas.

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De acuerdo con el texto, la ley amnistiará "los actos que hayan sido declarados o estuvieran tipificados como delitos o como conductas determinantes de responsabilidad administrativa o contable" tanto en lo que se refiere a la consulta que se celebró en Catalunya el 9 de noviembre de 2014, como en lo que concierne al referéndum del primero de octubre de 2017, ambas votaciones, declaradas inconstitucionales por el Tribunal Constitucional (TC).

Los artículos más importantes de la ley son el uno y el dos del Título I; los correspondientes al "ámbito de aplicación" y a las "exclusiones".

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Ambos fueron objeto de cambios durante las negociaciones entre Junts, Esquerra y el PSOE. En el "ámbito de aplicación" hubo que hilar muy fino con el tema de la malversación. Los partidos independentistas catalanes insistieron en que se especificara en el texto de forma muy clara que los delitos de malversación que no comportaran un "enriquecimiento" personal y que sirvieran para sufragar la preparación de cuestiones relacionadas con el procés también quedan dentro de la amnistía. No en vano, líderes como Junqueras o Puigdemont están, en el primer caso, condenado y, en el segundo, acusado por ese delito.

En el ámbito de "exclusiones", en cambio, el debate se situó en los delitos de terrorismo. Junts quiso estirar la negociación para asegurar que protegiera a todo aquel que pueda ser investigado por terrorismo en el marco del procés. Muchos leyeron en ello, también, una forma de asegurar la vuelta de Carles Puigdemont a España, a quien el Tribunal Supremo abrió una causa penal por terrorismo. En el texto final, se concreta que para que un delito de terrorismo quede excluido tiene que haberse producido con esa "finalidad".

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La versión definitiva de la amnistía también especifica que la ley "no dará derecho a la restitución de las cantidades abonadas en concepto de multa", con la salvedad de las infracciones "muy graves" consideradas como tal al amparo de la ley de protección de la seguridad ciudadana, siempre que así lo decida Administración.

¿A quién beneficiará?

En cuanto a quién beneficiará la ley de amnistía, la teoría podría diferir de la práctica. En principio, según han ido trasladando las distintas partes de la negociación desde el inicio de la tramitación de la ley, la amnistía beneficiará a unas 400 personas entre políticos, policías, ciudadanos de a pie y activistas.

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Entrarían, por tanto, en el perímetro de la amnistía todos los líderes independentistas juzgados en la sentencia del procés en 2019. Quedaría amnistiado Oriol Junqueras, sobre el que sigue pesando un delito de malversación, quien se libraría de la inhabilitación que, entre otras cosas, le impide presentarse en las listas electorales de ERC. También cualquiera del resto de políticos que fueron encarcelados.

Además, decaería con la amnistía la causa abierta a Carles Puigdemont por malversación y desobediencia, que podría volver a España como el resto de políticos que permanecen en el extranjero desde la sentencia. 

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Especial atención hay que poner a las dos causas que hay abiertas por terrorismo en relación con el procés: la de Tsunami Democràtic y la de los CDR. La ley está diseñada para que cubra a todas las personas involucradas en ambos procedimientos, tal y como han asegurado en muchas ocasiones tanto en el entorno de ERC, como en el entorno de Junts per Catalunya, pero algunas fuentes jurídicas consultadas avisan de que podría ser el talón de Aquiles de la ley cuando se eleve a instancias europeas, aunque otras fuentes no encuentran problema alguno. Al propio Carles Puigdemont se le investiga por terrorismo en la causa de Tsunami.

La amnistía también abrazaría a las personas encausadas por los disturbios que se vivieron en Catalunya tras la sentencia del Tribunal Supremo al procés en 2019 y a las vinculadas al caso Voloh o a los policías investigados por las cargas policiales del primero de octubre.

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¿Qué pasa una vez se publique en el BOE?

Una vez la ley de amnistía se haya publicado en el BOE, entrará en vigor. El primer paso para que los potenciales amnistiados se beneficien de la norma es que sus abogados soliciten para su caso la aplicación de la misma. En cualquier caso, no hay que olvidar que el propio texto de la ley especifica que los jueces que estén conociendo dichos casos tienen dos meses para estudiarlos.

En caso de que no hubiera contratiempos ni los jueces consideraran que la ley es defectuosa por algún motivo, esos dos meses serían el plazo límite para aplicar la amnistía en todos los casos.

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Sin embargo, no tiene por qué ser así. Fuentes de los partidos independentistas, tal y como trascendió durante la negociación, aseguran que ya trabajaron la ley prevenidos por la posible batalla judicial que llegará en el momento de la aplicación. Para empezar, es posible que algunos jueces, cuando reciban la petición de aplicación de la amnistía, entiendan que en un caso concreto no es de aplicación la amnistía. En ese caso, los interesados pueden elevar la cuestión a instancias superiores.

Aunque el escenario que ven más probable las fuentes jurídicas consultadas es que algunos jueces encuentren problemas de encaje en la Constitución o bien en el derecho europeo. En el primer caso, tienen la herramienta de las cuestiones de inconstitucionalidad y, en el segundo, las cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

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Todos esos recursos pueden retrasar mucho la aplicación de la ley. Es cierto que el texto de la misma especifica que las medidas cautelares, como las que tiene Carles Puigdemont, se alzarán a pesar de "la suspensión del procedimiento penal por cualquier causa". Es un punto que, según ha podido saber Público, suscita dudas entre los expertos.

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