Madrid
¿Punto final al aluvión de vetos del Gobierno en el Congreso? El Tribunal Constitucional (TC) recortó ayer, jueves, los límites que, a través del veto, puede imponer el Gobierno al Parlamento amparándose en las prerrogativas que la Constitución, en concreto la de vetar cualquier proposición legislativa que el Gobierno considere que altera las previsiones de gastos o ingresos de los presupuestos.
Con este fallo del Constitucional, el Gobierno tendrá que dejar de actuar como si tuviera mayoría absoluta cuando en realidad sólo tiene 137 diputados. El TC ha resuelto a favor del Congreso en el conflicto de atribuciones que el Gobierno había presentado ante el propio Constitucional cuando la Mesa del Congreso levantó dos vetos presupuestarios impuestos por el Ejecutivo relativos a la LOMCE y a la reforma laboral.
Tras conocer el fallo, el portavoz parlamentario del PP se limitó a decir que las sentencias del Tribunal Constitucional son de obligado cumplimiento para todos, aunque se negó a valorarla.
El conflicto fue planteado en enero de 2017 por el ejecutivo cuando la Mesa del Congreso no aceptó los vetos citados. La sentencia de este jueves, que se ha resuelto por unanimidad, se refiere en concreto al veto relativo a la LOMCE, aunque será de aplicación a otros.
Tras reconocer que "ésta es la primera ocasión en la que debe abordarse la interpretación del artículo 134 de la Constitución" en el marco de un conflicto entre órganos constitucionales, el alto tribunal descarta una "interpretación extensiva" de ese precepto, que fue el esgrimido por el Gobierno en su conflicto.
El artículo 134 de la Constitución establece que "toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación".
Para el TC, la limitación que, en defensa del control del ejecutivo sobre los presupuestos, fija ese artículo, "sólo es predicable de medidas que incidan directamente sobre el Presupuesto aprobado, esto es, sobre los gastos e ingresos del sector público estatal", sin que quepa una "interpretación extensiva".
"Lógicamente, rara vez las iniciativas parlamentarias serán enteramente neutrales en relación con las cuentas públicas, de modo que cualquier propuesta de medida legislativa es susceptible de tener un impacto sobre el volumen de los ingresos y gastos públicos, siquiera de forma hipotética o indirecta o, en todo caso, un impacto económico sobre alguna política pública", dice la sentencia.
"Ahora bien", añade, "la prerrogativa del Ejecutivo a que se refiere el artículo 134 de la Constitución, cuyo efecto limitador de la actividad misma del Legislativo es evidente, se ciñe a aquellas medidas cuya incidencia sobre el Presupuesto del Estado sea real y efectiva".
Antecedentes del conflicto
Los antecedentes de este conflicto en concreto, cuya resolución se aplicará a otros, arrancaron cuando la Mesa del Congreso aprobó el 18 de octubre de 2016 la toma en consideración por el Congreso de la proposición de ley orgánica presentada por el Grupo Parlamentario Socialista sobre la suspensión del calendario de la implantación de la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa.
El Gobierno vetó esa proposición del PSOE para detener el calendario de aplicación de la LOMCE, con el argumento de que la Constitución se lo permite, en defensa del equilibrio presupuestario, y el Congreso no atendió su imposición.
El ejecutivo acudió al TC y ahora el alto tribunal le ha dado la razón a la Mesa del Parlamento.
Fuentes del Ministerio de Educación han recalcado que la sentencia del TC "no juzga ni toca a la Lomce".
Las mismas fuentes han explicado que se refrenda la potestad del Gobierno para vetar aumentos o disminuciones en los presupuestos ya fijados.
Y en este sentido, han recordado que la Comisión Europea alertó en su día de que podían estar en riesgo 615 millones de euros de ayudas del Fondo Social Europeo si se suspendía el calendario de la Lomce.
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