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La Audiencia Nacional ordena indemnizar a una víctima de torturas que la Abogacía del Estado no quiso reconocer

La resolución del tribunal evidencia el carácter vinculante del Comité contra la Tortura de Naciones Unidas, que se pronunció sobre este caso. Entre 2013 y el 2019 existieron 448 condenas por tortura en España.

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Imagen de la denunciante tras salir de la comisaría de Córdoba en enero de 2013. — APDHA

bilbao, Actualizado:

La larga batalla de E.L.G. para tratar de conseguir justicia no cesa. Amparada por la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) esta mujer, que a finales de 2013 denunció torturas tras ser detenida por la Policía Nacional en Córdoba, acaba de conseguir una sentencia favorable por parte de la Audiencia Nacional.

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Según ha dado a conocer la citada organización andaluza, el tribunal ha dictaminado que el Estado deberá indemnizar con 3.000 euros a la víctima. "Da cumplimiento parcial así a la decisión de Naciones Unidas, a la que recurrió la denunciante acompañada jurídicamente por la APDHA", destaca en un comunicado.

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El pasado 27 de diciembre, de 2019 el Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas (CAT) estimó la denuncia planteada por la entidad andaluza por el caso de la ciudadana cordobesa, "que había sufrido rotura de los huesos nasales durante una detención".

"Cuando fue detenida, la denunciante no presentaba lesión alguna, pero sí a la salida de la comisaría, donde fue recogida por una ambulancia tras llamar la propia agredida a los servicios sanitarios, ante la negativa de la Policía a hacerlo", ha recordado la APDHA en una nota. 

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Entonces empezó un largo camino judicial. En una primera instancia, "ni el Juzgado de Instrucción sobre el que recayó el caso, ni la Audiencia Provincial, ni el Tribunal Constitucional reconocieron vulneraciones de derechos". El caso llegó al Comité de la ONU, que consideró que "el Estado parte (España) no proporcionó información suficiente que permita concluir que las lesiones no fueron causadas durante la detención".

El CAT también dejó en evidencia las "dificultades para recibir atención médica durante la detención policial y las deficiencias en la calidad y precisión de las evaluaciones forenses", algo que ya había constatado en otras ocasiones. 

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Pese a lo ordenado entonces por ese organismo de Naciones Unidas, la Abogacía del Estado se negó a acatar cualquier tipo de indemnización de la víctima, para lo cual alegó que el caso había sido archivado en los tribunales españoles.

"No es algo esporádico"

En la resolución dada a conocer este martes por la APDHA, la Audiencia Nacional sostiene que "mientras no se proceda a la reparación plena y adecuada de los daños causados en ejecución de la decisión del CAT, se mantiene, persiste y se perpetúa la vulneración de derechos humanos que aquella declara, a saber, que nadie será sometido a tortura ni a tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes". La sentencia aún no es firme y, por tanto, recurrible, explica la APDHA.

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"Esta decisión es fundamental porque consolida que las decisiones de los Comités de Naciones Unidas son vinculantes, algo que el Estado niega. No obstante, esta vinculación solo sirve para la indemnización, solo una parte de la condena de Naciones Unidas, pero no para investigar a los policías responsables", alegó la asociación andaluza. 

Con estos datos sobre la mesa, la APDHA reclamó además una mayor vigilancia de la tortura. "Esta práctica no es algo esporádico o incidental en nuestro país. Entre el año 2013 y el 2019 existieron 448 condenas por tortura, según el Consejo General del Poder Judicial", afirmó. 

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