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La Audiencia Nacional se opone al indulto de Pablo Hasel

El tribunal sentenciador sigue la misma línea que la Fiscalía, que en septiembre emitió su propio informe desaconsejando el indulto.

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Varias personas sostienen una pancarta que reclama "Amnistía total", en una manifestación contra las leyes represivas, a 16 de octubre de 2021, en Madrid. — Alejandro Martínez Vélez / Europa Press

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La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha emitido un informe posicionándose en contra de que se le conceda el indulto al rapero Pablo Rivadulla, más conocido como Pablo Hasel.

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En el texto, alega que es reincidente en el delito de apología del terrorismo y que no se aprecian las razones de equidad, justicia y utilidad pública que, pese a ello, podrían justificar la medida de gracia, debido a su "conducta antisocial". 

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En un auto de tres páginas, los magistrados han expuesto que, al ser reincidente, la ley excluye de la aplicación de la medida de gracia a los reincidentes en el mismo o en otro delito por el que hayan sido condenados en firme. En el de Hasel, ha recibido otras tres condenas: una en 2014, otra en 2016 y la última en 2017. 

Los magistrados, en el citado auto, explican que se puede hacer una excepción en caso de "que concurrieran razones suficientes de justicia, equidad o conveniencia publica".

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Según el informe de la cárcel donde cumple condena, se niega a someterse al programa individualizado que se le ha propuesto

Sin embargo, a renglón seguido aclaran que "estas razones excepcionales no resultan del expediente de indulto incoado" apuntando en este sentido a "la actitud antisocial que revelan las diversas condenas impuestas" a Hasel, así como a "su propia manera de afrontar el tratamiento penitenciario". Pues, según el informe de la cárcel de Ponent (Lleida) donde cumple condena, se ha negado a someterse al programa individualizado que se le ha propuesto.

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La Audiencia Nacional dio a Hasel la oportunidad de pronunciarse de cara a la emisión de este informe y el rapero manifestó que no se oponía al indulto, pero que no tenía ninguna aportación que realizar, según las fuentes jurídicas consultadas. 

La última palabra la tiene el Gobierno

El tribunal sentenciador ha seguido así la misma línea que la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que, el pasado mes de septiembre, emitió su propio informe desaconsejando el indulto a Hasel. Además, el Ministerio Público también llamó la atención sobre el informe del centro penitenciario. 

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Una vez emitidos los informes de la Audiencia Nacional, el Ministerio Público y el centro penitenciario, se remitirán juntos al Ministerio de Justicia, que será el encargado de llevar el asunto al Consejo de Ministros

Y la última palabra la tendrá en Gobierno, que es el órgano con potestad en la concesión de los indultos, dado que los informes son preceptivos pero no vinculantes. 

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Una multa y nueve meses de prisión por unos tweets

Pablo Hasel ingresó en prisión el pasado 16 de febrero, después de que la Audiencia Nacional lo condenara a nueve meses de cárcel por un delito de enaltecimiento del terrorismo, e injurias y calumnias a la monarquía y a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, por difundir mensajes atentatorios en redes sociales

A la pena de cárcel, se le sumó una multa de unos 30.000 euros que impuso la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional, que, además, aumentó su condena a nueve meses y un día. No obstante, redujo la pena inicial de marzo de 2018 que le impuso la Sala de lo Penal, y que ascendía a dos años y un día de prisión. 

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