La acusación popular cree que los duques de Palma blanquearon dinero al comprar sus pisos
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La acusación popular que ejerce Manos Limpias en el caso del Instituto 'Nóos' ha recurrido el auto del juez de instrucción 3 de Palma, José Castro, para solicitar la imputación por un delito continuado de blanqueo de capitales a Iñaki Urdangarín, Diego Torres y su esposa Ana María Tejeiro.
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En el recurso al que ha tenido acceso Público, la acusación popular considera "una gran cantidad de dinero" obtenido por el Instituto Nóos de las arcas públicas fue desviada a las arcas privadas de todos ellos a través de un entramado de sociedades.La infanta Cristina, esposa de Iñaki Urdangarin, ya fue imputada por el juez Castro en el delito de blanqueo de capitales, en concreto por ser social al 50% con su marido de la empresa Aizoon con la que realizó numerosos pagos de dinero de procedencia ilícita como es el pago al servicio doméstico, la reforma del palacete de Pedralbes, clases de dirección y baile, así como fiestas familiares.
Sin embargo, la letrada de la acusación popular, Virginia López Negrete, añade que Iñaki Urdangarín y su esposa pagaron con este dinero de origen ilícito la hipoteca de un piso en Terrasa, y otros dos pisos y garajes en Palma, por lo que defiende que deben ser imputados del delito continuado de blanqueo, al igual que Diego Torres y su esposa.Su argumento: "Los srs. Urdangarín, Torres y esposa, como ya por todos es sabido en esta causa, detrajeron presuntamente de las arcas públicas, una gran cantidad de dinero que desviaron a sus arcas privadas a través de una trama de sociedades que permitieron tal desviación".
Este dinero público lo obtuvieron por medio de presuntos delitos de prevaricación, malversación, fraude a la administración, falsedad documental y tráfico de influencias. El dinero -se calcula que 6,1 millones de euros- ingresaba en la entidad sin ánimo de lucro Instituto Nóos y, luego, se desviaba para nutrir "sus arcas privadas".Los duques de Palma, Iñaki Urdangarín y la infanta Cristina, tenían al 50% una sociedad, llamada Aizoon, S.L. Según la acusación, el dinero que Aizoon "obtuvo ilícitamente a través de las facturaciones que emitió" contra el Instituto Nóos para el vaciado de sus fondos, además de ser ilícito , "seguía y sigue estando en sus arcas, toda vez que Aizoon SL 'nunca' ha repartido dividendos".
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Por ello, desde la entrada en vigor de la reforma del Código Penal de 2010 hasta hoy, " todas las disposiciones" que se haya hecho de este dinero en Aizoon por el matrimonio Urdangarín "pudieran constituir un presunto delito de blanqueo de capitales puro, y antes de dicha fecha un presunto delito de lo que denominados 'autoblaqueo'". El escrito cita la jurisprudencia de operación antidroga Nécora y el caso Luis Roldán.
Los pisos financiados presuntamente con dinero ilícito son una vivienda y un trastero adquiridos por Aizoon, copropiedad al 50% del matrimonio Urdangarín, en la localidad de Tarrasa comprado en 2007 por un precio de 231.390 euros, así como dos viviendas y aparcamientos adquiridos en 2006 en Palma de Mallorca.
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La acusación cita el pago de la hipoteca del piso de Tarrasa, por importe de 191.200 euros y que fue firmada en 2007 con la Caixa, a devolver en 180 cuotas mensuales. La letrada argumenta que esta hipoteca se ha seguido pagando tras la entrada en vigor del nuevo Código Penal.
Considera, además, que el blanqueo no es un delito prescrito, de otra forma "nos podríamos encontrar con la hipotética situación de que alguien, para blanquear un bien, no tendría más que adquirir el mismo en la fecha X, y posponer su pago en el tiempo lo suficiente como para que entrara en juego la prescripción, y con ello salvar el bien despenalizar la conducta. ¡¡Impensable¡¡".
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La disposición efectiva de dinero en la sociedad de los duques de Palma se produce en el momento de su salida, y no antes, por lo que este proceder se enmarca "clara e inequívocamente dentro de un presunto delito de blanqueo de capitales, bajo el paraguas de la nueva normativa, toda vez que dicho dinero que abona la cuota hipotecaria se obtiene, según todo lo manifestado, en parte con ingresos de procedencia supuestamente ilícita. Porque con posterioridad al 23 de diciembre de 2.010, ese dinero seguía estando en sus arcas".
Por ello, el recurso de la acción popular entiende que "los srs. Urdangarín, Torres y Ana Mª Tejeiro son presuntamente responsables de un delito continuado de blanqueo de capitales, ya no sólo por la figura del "autoblanqueo", en la certeza de la aplicación de un concurso de delitos entre los previos de obtención ilícita de dinero así como de los delitos fiscales previos que los tres han cometido, sino también su comisión por las disposiciones realizadas con posterioridad a la entrada en vigor del Código Penal de 2010.
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