Ayuso usa el posible fraude de seis agresores que han cambiado de sexo para justificar sus recortes a la ley trans
Si se demuestra que el cambio de sexo se ha ejercido sin buena fe y en fraude de ley, se podrá anular y exigir una responsabilidad civil o administrativa, según la legislación española.
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madrid,
La consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila, ha remitido una carta fechada el lunes 18 de marzo a la ministra de Igualdad, Ana Redondo, en la que muestra preocupación por seis hombres que figuran en el sistema Viogén como agresores y han realizado un cambio registral de sexo para acceder a los servicios de los puntos de asistencia a víctimas de violencia machista. El Gobierno de Ayuso ha utilizado este posible fraude de ley para atacar a Igualdad y justificar sus recortes a la ley trans. Dávila señala en el texto que estos casos demuestran que "es evidente que la Ley 4/2023 (para la Igualdad trans y LGTBI+) aprobada por su Gobierno no resuelve las cuestiones suscitadas".
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En una rueda de prensa, el portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid (CAM), Miguel Ángel García, se ha remitido a la propia carta en la que se pide un criterio de actuación. Ante las preguntas sobre la actuación de la Comunidad de Madrid y si se va a paralizar el cambio de sexo, el portavoz no ha aclarado la cuestión y se ha limitado a criticar la ley del solo sí es sí.
Saúl Castro, abogado especializado en derechos LGTBI+, explica a Público que "si se ven indicios de abuso de derecho, es la propia Comunidad de Madrid la que tendría que denegarles el servicio y notificarlo al Registro Civil o a la Fiscalía Provincial para que se evalúe si hubo fraude de ley".
Ayuso puede evitar el fraude de ley
La ley trans menciona esta realidad en su artículo 46: "La rectificación de la mención registral relativa al sexo y, en su caso, el cambio de nombre, no alterarán el régimen jurídico que, con anterioridad a la inscripción del cambio registral, fuera aplicable a la persona a los efectos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género".
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La legislación española, concretamente el artículo 7.1 del Código Civil, exige que los derechos se ejerzan siempre conforme a las exigencias de la buena fe. El artículo 6.4 del Código Civil y en el artículo 11.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) recogen el fraude de ley. En estos puntos regulan el uso "torticero" que se pudiera hacer de una ley para beneficiarse de algo a lo que realmente no se tenga derecho. En estos casos, aquel beneficio será nulo de pleno derecho.
Si se demuestra que el cambio de sexo se ha ejercido sin la exigencia de buena fe y en fraude de ley, se podrá anular
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Si se demuestra que el cambio de sexo registral se ha realizado para conseguir alguna de las medidas que la propia ley trans prohíbe y que se ha ejercido un derecho sin la exigencia de buena fe y en fraude de ley, la normativa y la jurisprudencia ofrece la posibilidad de anular el cambio registral. Todo aquello que se haya realizado con el sexo registral cambiado quedará sin efecto, pudiendo incluso exigir una responsabilidad civil o administrativa a quien haya ejercido dicho derecho mediante fraude de ley (como ha dispuesto el Tribunal Supremo en su sentencia 261/2017, 6 de abril de 2017).
Castro argumenta la información a través de una analogía entre los cambios registrales de sexo como este y los matrimonios de conveniencia. "El matrimonio de conveniencia solicita una ayuda de vivienda a la CAM y, al solicitar los papeles, ven que están registrados en municipios distintos. Si no cuadra, tendrían que acudir a la Fiscalía".
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El Gobierno pide una modificación de la ley trans madrileña
La carta de Dávila se ha hecho pública dos días después de que el Gobierno de España haya emplazado a la Comunidad de Madrid a negociar varios puntos de su modificación de la ley trans autonómica. El Gobierno considera que hay varios artículos del redactado actual de las leyes madrileñas que entran en colisión con la ley estatal, aprobada durante la pasada legislatura con Irene Montero como ministra.
Con la derogación en la Comunidad de Madrid, la ley LGTBI+ se quedó vacía de contenido y la ley trans fue despojada de su pilar central, la "autodeterminación de género" o "identificación de género libremente manifestada". De esta forma, las personas trans han visto sus derechos vulnerados.
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"La CAM mantiene una incompetencia estratégica, no exigiendo los sistemas de control y garantías de la ley"
"A la CAM le benefician estas noticias para luego justificar no permitir la libre autodeterminación de género", asegura el abogado especializado en derechos LGBTI+. Castro añade que la Comunidad de Madrid mantiene una incompetencia estratégica, "no exigiendo los sistemas de control y garantías de la ley para luego decir que la ley no funciona".