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Tribunal de Justicia UE La Comisión Europea denuncia a España por no aplicar las normas de protección de datos

El país se defenderá ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea después de no haber transpuesto estas normas de la eurozona en el ámbito de la investigación de delitos.

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Entrada del Tribunal de Justicia Europeo en Luxemburgo. REUTERS/ Francois Lenoir

madrid,

La Comisión Europea llevará a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por no haber aplicado en su legislación la normativa de protección de datos en el ámbito de la investigación criminal. Esta medida, llega después de que el país incumpliera una Directiva Europea de abril de 2016, la cual tras su aprobación debería haber sido implementada en el ordenamiento jurídico español entre dicha fecha y el 6 de mayo de 2018, límite del plazo. 

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Además, esta institución ya había expedientado a España en julio de 2018 y en enero de 2019, cuando directamente envió un ultimátum a las autoridades del país, según informaba Derecho en la red. Entonces, España tenía dos meses para enmendar esta situación y así evitar enfrentarse a los tribunales europeos, lo cual finalmente ha sucedido. 

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La protección de datos personales se trata de un derecho fundamental protegido por la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE. Esta Directiva, tenía como objetivo aumentar las garantías de protección de este derecho, así como facilitar la cooperación entre autoridades policiales de los diferentes países, algo que España estaba obstaculizando al no incorporar dicha normativa.

Con esta iniciativa, la Comisión reclama al TJUE la imposición a España de una sanción diaria de 21.321 euros desde el día posterior al límite establecido para la implementación de esta Directiva y la fecha en la que el país cumpla con esta o se dicte sentencia.  Además, se estipula que la multa tendría una cuantía mínima de 5.290.000 euros. Posteriormente, la sanción desde la primera sentencia hasta el pleno cumplimiento o un segundo dictamen sería de 89.548,20 euros al día. 

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