Este artículo se publicó hace 3 años.
Portugal garantiza por ley que las empresas no puedan enviar mensajes a empleados fuera del horario de trabajo
Se acabó eso de estar disponible a todas horas para los jefes en Portugal. El país vecino ha llegado a un acuerdo para introducir la desconexión digital como una obligación para empresas de más de 10 empleados salvo "causa mayor".
Madrid-Actualizado a
El Legislador de Portugal deja claro que un jefe no puede conectarse con sus empleados fuera del horario laboral de los mismos, salvo en casos de "fuerza mayor". La nueva ley lusa del teletrabajo, de hecho, no hace alusión al "derecho a desconectar" por parte del empleado, sino que recoge un artículo en el que obliga al "deber de abstención de contacto" por parte de la empresa.
Si los jefes no hacen caso de este límite se exponen a ser multados por una falta grave, según el recientemente renovado Código Laboral del país.
Ahora, el Parlamento portugués ha aclarado en un comunicado que en virtud de la nueva normativa que "el trabajador tiene derecho, fuera de su horario de trabajo, a cerrar todos los sistemas de comunicación de servicios con el empleador, o a no atender las solicitudes de contacto por su parte, sin perjuicio de la consideración de situaciones de fuerza mayor, y esto no puede resultar en ninguna desventaja o sanción para los primeros", informa la SER.
Esta ambiciosa reforma, impulsada por la situación de pandemia, es uno de los últimos acuerdos a los que la Cámara legislativa portuguesa alcanzó justo antes de que el presidente de la República, Marcelo Rebelo de Sousa, comunicara el pasado 5 de noviembre su disolución y la convocatoria de elecciones anticipadas, previstas para el 30 de enero. La imposibilidad de sacar adelante los presupuestos para 2022 precipitó esta decisión, en un momento de diviksión entre las fuerzas de izquierdas que lograron el poder hace seis años.
Más derechos y deberes
Y esta reforma recoge más derechos y deberes, apunta EFE: por ejemplo, prohíbe la vigilancia constante del empresario hacia el trabajador, por lo que no permite capturas de imágenes, sonidos o textos.
Asimismo, los costes del sistema de teletrabajo en energía y telecomunicaciones serán asumidos por la empresa y el subsidio de comidas que estuviera recibiendo el empleado con anterioridad no podrá anularse con el nuevo sistema y lo asumirá el empresario. Todo ello siempre que la empresa cuente con 10 o más trabajadores.
Para que exista el régimen de teletrabajo, las dos partes han de llegar a un acuerdo y formalizarlo por escrito. Hasta el momento, la norma autorizaba el teletrabajo a padres con hijos menores de hasta tres años sin necesidad de acuerdo con la empresa Ahora, con la nueva ley, este acuerdo se amplía a padres con hijos de hasta ocho años de edad, siempre que la actividad sea compatible con el teletrabajo y con las limitaciones que tienen las pymes.
Asimismo, el teletrabajo puede ser propuesto (no impuesto) de forma unilateral por el empresario, y el empleado podrá oponerse sin necesidad de explicar o argumentar; por el contrario, si el teletrabajo es propuesto por el empleado, el empresario sí que deberá esgrimir argumentos para rechazarlo.
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