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La Justicia de Bolivia rechaza ilegalizar al partido de Evo Morales

El Tribunal Supremo Electoral ha desestimado los dos recursos interpuestos. La decisión fue asumida en base a un "análisis detallado y fundamentado de la legislación boliviana" y teniendo en cuenta elementos "doctrinales internacionales"

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El expresidente de Bolivia Evo Morales este domingo 17 de noviembre de 2019 durante una entrevista con Efe en Ciudad de México (México). Morales tiene "mucho miedo" a que estalle en Bolivia una guerra civil por lo que hizo un llamamiento este domingo para que sus compatriotas acaben de inmediato con los enfrentamientos. EFE/José Méndez

madrid,

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) ha desestimado dos recursos planteados para solicitar la cancelación de la personería jurídica del Movimiento Al Socialismo (MAS) del expresidente Evo Morales.

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"Por unanimidad, la Sala Plena del TSE desestimó estas demandas pues ninguna de ellas se adecua a las causales de pérdida de la personalidad jurídica de las organizaciones políticas", ha explicado el TSE en un comunicado recogido por el diario boliviano Los Tiempos.

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Además, para el TSE, el MAS está legalmente habilitado para participar en los procesos electorales de 2020. Está previsto que se convoquen nuevas elecciones generales en junio para restablecer el orden constitucional tras las "irregularidades" de los comicios de octubre y la dimisión el 10 de noviembre de Morales, forzada por las protestas y la falta de apoyo de Policía y Ejército.

La decisión fue asumida en base a un "análisis detallado y fundamentado de la legislación boliviana" y teniendo en cuenta elementos "doctrinales internacionales".
"Los que pidieron la proscripción del MAS son los golpistas, los antidemocráticos, los herederos de (el dictador Hugo) Banzer. Lo único que pedimos a los nuevos miembros del Tribunal Supremo Electoral es aplicar la ley sin parcializarse con ningún partido o agrupación ciudadana", ha apuntado Morales desde su exilio en Argentina a través de su cuenta en Twitter.

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Las solicitudes se basaban en las irregularidades detectadas en las elecciones del 20 de octubre, pero ni la Ley 026 de Régimen Electoral ni la Ley de Organizaciones Políticas prevén la ilegalización de partidos por cometer delitos electorales. En todo caso, estos ilícitos serían atribuibles de forma personal.

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