Multas veraniegas: conducir con chanclas y otras dudas que te pueden costar dinero

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Hay algunas multas típicas del verano que no todo el mundo tiene en cuenta. Y es que durante esta época del año son muchas las peculiaridades que adopta nuestra vida al salir de la rutina. Algo tan simple como coger el coche se convierte en un suceso por completo diferente. Al fin y al cabo, no son pocos los que conducen solo con el bañador o calzando unas chanclas.

Pero ¿es posible que nos multen por estos atuendos al conducir? ¿Hay multas que pueden cogernos por sorpresa durante el verano por puro desconocimiento? Hoy repasamos algunas de las multas veraniegas. ¡No te despistes!

Bañador y chanclas

Conducir
Hombre conduciendo/Foto: Unsplash

Antes de entrar en la normativa sobre la vestimenta al volante, si hablamos de conducir en bañador y con chanclas, hemos de ser conscientes de una cosa. No resulta nada recomendable. En el supuesto de tener un accidente o dar un simple frenazo, el cuerpo desnudo puede salir muy mal parado, con quemaduras y rozaduras profundas por el cinturón de seguridad.

Además, las chanclas resultan muy poco fiables a la hora de controlar el vehículo. Y si estás pensando no ponerte el cinturón mientras vas sin camiseta, olvida esa idea. En este caso, no hablaríamos de rozaduras sino de accidentes mortales o lesiones muy graves. El cinturón es una medida de seguridad insustituible.

Reglamento de la Circulación

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Hombre conduciendo un coche/Foto: Pixabay

A efectos legales, el Reglamento General de la Circulación en España no determina que no se pueda conducir en bañador, pero eso tampoco significa que puedas hacerlo. Confuso, ¿verdad? Pero es que la norma es tan genérica e interpretativa que deja la decisión final en manos del guardia o policía con el que tropieces.

En el artículo 17, el Reglamento establece que los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos o animales. Por su parte, el artículo 18.1 del Reglamento determina que el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, para garantizar su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía.

En consecuencia, cualquier conductor ha de estar siempre en condiciones de tener el control sobre su vehículo y asegurarse de mantener su libertad de movimientos y campo de visión de manera que su conducción no se vea interrumpida ni afectada.

Conducir con bañador y chanclas

Mujer con maleta
Mujer con chanclas y maleta/Foto: Unsplash

De tal modo, si la autoridad competente te ve conduciendo en bañador, y considera que no te permite cumplir esas condiciones y requisitos, puede multarte. La sanción podría llegar a ser de 200€ y una pérdida de tres puntos en tu carnet de conducir. Para el supuesto de que vayas vestido pero en tus pies calces unas chanclas o algún tipo de sandalia que no va sujeta al pie, tampoco te librarás de la multa. En este caso es de unos 80€.

En cualquier caso, queda a discreción del agente esa consideración de multarte o no en función de los artículos del Reglamento de Circulación.

Distracciones al volante

Hombre con móvil en coche/Foto: Unsplash
Hombre con móvil en coche/Foto: Unsplash

Cualquier circunstancia susceptible de provocar distracciones al volante se convierte también en una de las multas más frecuentes. Lo primero en lo que pensamos al hablar de esto es en el teléfono móvil, pero no es la única situación.

El artículo 18.2 del citado reglamento prohíbe expresamente conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, así como la dicha utilización de dispositivos móviles mientras se conduce. En este último caso hay una excepción: si se utiliza el manos libres y no se usan cascos, auriculares ni similares.

Comer y beber en el coche

Hombre bebiendo en el coche
Hombre bebiendo en el coche/Foto: Pixabay

En verano podemos comer y beber mientras viajamos en el vehículo como pasajeros, pero el que conduce se arriesga a ser multado si lo hace él. Esto es debido a que el conductor ha de mantener siempre las manos en el volante y el conductor nunca debe distraerse. Por este motivo, si eres quien conduce y vas comiendo y bebiendo, las autoridades pueden multarte. No te la juegues y aprovecha para detenerte en algún área de descanso o localidad en ruta para refrescarte y comer si tienes hambre.

Ten en cuenta que cualquiera de estas multas relativas a no llevar la camiseta, comer mientras conduces o ir manejando el móvil con las manos no estás impuestas por el mero hecho de hacerlo. La razón en todos los casos es la misma: el riesgo y el peligro que supone tal comportamiento ante la seguridad vial. Y la multa puede oscilar entre los 80€ y los 200€. Seamos previsores y cuidemos el bien de todos para evitar llevarnos un disgusto.



Silvia Pato

Escritora y redactora gallega. Autora de los libros Las nueve piedras y El Libro del Único Camino, así como de numerosos relatos en revistas de género, colabora asiduamente con sus artículos y columnas de opinión en diversos medios digitales. Con la pasión y la curiosidad que la caracterizan, descubre el mundo a través de su historia, su cultura, sus lugares y sus gentes para difundir y compartir todo tipo de sensaciones y hallazgos. Porque todo viaje comienza con un solo paso.

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